07/07/2020
Hoy en modo: IMPERDIBLE‼️
➡️Esto es lo llamado técnicamente: “las convenciones matrimoniales”👩❤️👩👨❤️👨💑. Para que se entienda el concepto, dicho “fácil”, son contratos📝 antes de casarse. Y qué regulan, a que bienes lleva cada persona al matrimonio, dividir las deudas de los futuros cónyuges, y esto es importantísimo: elegir que régimen patrimonial desean tener los cónyuges. (Otra modificación).
➡️ La pregunta es: Cuántos regímenes hay❓Dos. Uno, lo conocemos todos, de ganancialidad, y sí nada se dice, te casas y tenés este régimen. Esto es, se compran una 🏠los conyugues después del matrimonio, y ese bien es de los dos. Ahora, también está el régimen de separación de bienes. Acá, se debe “elegir”, y acá cada uno tiene su propio patrimonio, y los esposos juntos mantienen el hogar común, y los hijos comunes. De modo fácil: sacando eso, lo mío es mío, lo tuyo, es tuyo.
⏩Mi amor, si antes de casarnos firmamos un contrato que diga, que tu auto de alta gama –que estás pagando-, sea tuyo, y mi casa –que estoy pagando el crédito-, es mía❓❓ Parece chocante❓ No. No necesariamente hablar de dinero, o de contratos📝 entre futuros cónyuges, es por falta de amor💚. Hay que abrazar a esta idea, y que todo se conversa, para justamente evitarnos innumerables problemas a futuros.
➡️Estos contratos se hacen por escritura pública☑️. Obligatoriamente, y si no cumplís la forma, es lo mismo que no se hiciera🚫. Los temas disponibles para las partes, son los mencionados, adjudicación de bienes, deudas, y elección de régimen patrimonial.
⏩Para mí, sirve mucho esta información. Yo voto por el régimen de separación de bienes. Me encanta!! Y, la vida es larga, a futuro se puede cambiar de régimen, asi como también se puede modificar la convención.✅
➡️Insisto, es normal hablar de estas cosas antes de casarse. Preferible, previnir, y estar bien asesorado❗❗
➡️Desde mi lugar, te cuento y lo hago público, y realmente, desde mi perspectiva, es útil. Ojalá te sirva❗😍