Estudio Villanueva & Asoc

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Asesoramiento integral y personalizado en las áreas impositiva,contable, laboral, jurídica, civil y societaria, para particulares, profesionales, comercios y empresas

Hoy 1/12/23 es el día en mi vida... Hoy me designaron Conciliadora Laboral del S.E.C.L.O., con esa noticia desperté... y...
02/12/2023

Hoy 1/12/23 es el día en mi vida... Hoy me designaron Conciliadora Laboral del S.E.C.L.O., con esa noticia desperté... y me invadió la felicidad, la alegría, la emoción!!!
El recorrido fue una montaña rusa! Difícil, intenso, agotador, estresante, sin fines de semanas, sin salidas y con muchas más privaciones... y mucho esfuerzo!! Y frente a tantas dificultades, lágrimas, ansiedades, incertidumbres, siempre supe que un día terminaría.... y llegó, de la mejor manera!!!
Un sueño cumplido, una meta cumplida, y por sobre todo recordarme, que esto es la vocación en mi vida!!!
Me siento enormemente feliz, de poder ayudar a los demás, a mí forma, a mi manera!!!
Me deseo: paz: para calmar la ansiedad, tiempo: para seguir aprendiendo, voz: para poder comunicar, y vida, para poder compartirlo!!!!

Qué es el grooming? Grooming es el acoso sexual de una persona adulta a un niño, niña o adolescente por medio de Interne...
28/07/2020

Qué es el grooming? Grooming es el acoso sexual de una persona adulta a un niño, niña o adolescente por medio de Internet. Las personas que realizan grooming se llaman groomers o acosadores. Es gravísima esta situación y lo cuento para poder ayudarlos a cuidar desde el amor, a sus hij@s.

¿Cómo actúa la persona acosadora? El acosador suele crear un perfil falso en redes sociales, aplicaciones, videojuegos multijugador u otro medio social. Se hace pasar por una persona menor de edad para generar confianza y tener una relación de amistad con niños, niñas o adolescentes. Luego, el acosador le pide a la víctima fotos o videos con contenido sexual. Cuando lo consigue, chantajea y amenaza al niño, niña o adolescente con hacer público ese material si no envía nuevas fotos o videos o si no acepta un encuentro personal. Otras veces, si existe una relación de confianza, puede que la víctima acceda a un encuentro personal con el acosador. En otras ocasiones, el acosador obtiene fotos o videos sexuales de la víctima sin necesidad de contacto previo, mediante el robo de contraseñas, hackeo de dispositivos o de cuentas. Posteriormente inicia el período de chantaje. El grooming puede derivar en otros graves delitos: • Pornografía infantil • Trata de personas • Abuso sexual • Homicidio

¿Cómo detectar el grooming? Se debe prestar atención a los cambios de conducta o humor del niño, niña o adolescente. ¿Qué hacer ante un caso de grooming? Con el niño, niña o adolescente: • Dialogar. • Evitar avergonzarlo o culparlo para que pueda contar con sinceridad lo que le pasó.. Con los datos intercambiados entre el acosador y el niño, niña o adolescente: • Reunir toda la información y hacer la denuncia en la fiscalía más cercana. • No borrar contenido de la computadora o teléfono celular. • Guardar las conversaciones, las imágenes y los videos que el acosador y la víctima se enviaron porque sirven de prueba. Se recomienda hacer capturas de pantalla y guardarlas en formato digital o impreso. Cambiar las claves de acceso. Por sobre todo, hablar y conversar siempre con ell@s.

Quiero compartir y difundir el Derecho Sistémico, es una nueva forma de ver y de ejercer nuestra hermosa profesión. ➡️Se...
20/07/2020

Quiero compartir y difundir el Derecho Sistémico, es una nueva forma de ver y de ejercer nuestra hermosa profesión.

➡️Se pueden anotar por mi querido Colegio de Abogados de Morón.

➡️Y está publicación, va dedicada en su día a mis amigas que organizan y trabajan diariamente en ello‼️

➡️Las quiero y extraño mucho ‼️💙💜

➡️Nos vemos x zoom‼️

➡️Los espero ❗

➡️Es así... Mañana en el programa Un tiro al aire en la radio FM 88.9 📻 vamos a comentar🎙️ la nueva ley de alquileres, y...
12/07/2020

➡️Es así... Mañana en el programa Un tiro al aire en la radio FM 88.9 📻 vamos a comentar🎙️ la nueva ley de alquileres, y como afecta la misma a los nuevos contratos📝, y que sucede con los ya firmados‼️

⏩También el impacto de la cuarentena en los alquileres‼️

➡️⏩NO TE LO PODES PERDER‼️‼️

➡️Mañana les paso el link💻, y se puede escuchar on line...📲

➡️Horario: de 20 a 22 hs❗

☑️Va a ser genial‼️Y quiero agradecer a todas las personas de la radio por darme esta hermosa oportunidad, y que lo hago con muchísimo gusto... 😁

✅Realmente, es muy fácil trabajar con ellos!!! Un placer...😃

➡️Los espero a todossss‼️‼️💻📲

Hoy, en modo: Express‼️Como todos saben, ahora el divorcio es un trámite judicial, mucho más sencillo “de lo que era ant...
10/07/2020

Hoy, en modo: Express‼️

Como todos saben, ahora el divorcio es un trámite judicial, mucho más sencillo “de lo que era antes”, por eso le dicen: Divorcio express😍

Hay dos modalidades para presentar el divorcio: de manera conjunta👭👫👬 o separada👩👨.

1️⃣En el primer caso, se presentan ambos cónyuges solicitando el divorcio.

2️⃣De manera separada, se presenta uno solo y pide el divorcio. Con la voluntad de uno de los cónyuges es suficiente para que se decrete el divorcio vincular‼️

➡️Documentación📝: partida de casamiento, si no la tenés, se puede conseguir –no te preocupes por eso porque es de fácil resolución-, pero sí o sí es obligatorio acompañarlo. No se puede iniciar el divorcio si no se tiene la partida; DNI de las partes.

➡️Ahora, si hay hij@s o bienes, se tiene que manifestar que “deseamos” hacer con estos temas✅
⏩ La forma de presentación depende si se presentan los dos cónyuges o uno solo. Si, son los dos, y están de acuerdo, se acompaña (para decirlo “fácil” y que se entienda), y si uno sólo pide el divorcio, se debe acompañar una “propuesta” respecto de estos temas.

☑️Ahora es más fácil, rápido, y aunque no haya acuerdo con los hij@s o los bienes, el divorcio se dicta de todas formas‼️ Y lo bueno, que ahora la inscripción del mismo (en el Registro de Capacidad de las Personas) es digital, lo cuál lo hace: Excelente‼️

➡️Sabemos que es un proceso, podemos acompañarte, podés comunicarte con nosotros 📲 llámanos o escribinos ⌨️
Ahora, nos podés pagar también con tarjeta 💳 ‼️‼️
Y, se puede iniciar en cuarentena ❗

Hoy en modo: IMPERDIBLE‼️➡️Esto es lo llamado técnicamente: “las convenciones matrimoniales”👩‍❤️‍👩👨‍❤️‍👨💑. Para que se e...
07/07/2020

Hoy en modo: IMPERDIBLE‼️
➡️Esto es lo llamado técnicamente: “las convenciones matrimoniales”👩‍❤️‍👩👨‍❤️‍👨💑. Para que se entienda el concepto, dicho “fácil”, son contratos📝 antes de casarse. Y qué regulan, a que bienes lleva cada persona al matrimonio, dividir las deudas de los futuros cónyuges, y esto es importantísimo: elegir que régimen patrimonial desean tener los cónyuges. (Otra modificación).
➡️ La pregunta es: Cuántos regímenes hay❓Dos. Uno, lo conocemos todos, de ganancialidad, y sí nada se dice, te casas y tenés este régimen. Esto es, se compran una 🏠los conyugues después del matrimonio, y ese bien es de los dos. Ahora, también está el régimen de separación de bienes. Acá, se debe “elegir”, y acá cada uno tiene su propio patrimonio, y los esposos juntos mantienen el hogar común, y los hijos comunes. De modo fácil: sacando eso, lo mío es mío, lo tuyo, es tuyo.

⏩Mi amor, si antes de casarnos firmamos un contrato que diga, que tu auto de alta gama –que estás pagando-, sea tuyo, y mi casa –que estoy pagando el crédito-, es mía❓❓ Parece chocante❓ No. No necesariamente hablar de dinero, o de contratos📝 entre futuros cónyuges, es por falta de amor💚. Hay que abrazar a esta idea, y que todo se conversa, para justamente evitarnos innumerables problemas a futuros.

➡️Estos contratos se hacen por escritura pública☑️. Obligatoriamente, y si no cumplís la forma, es lo mismo que no se hiciera🚫. Los temas disponibles para las partes, son los mencionados, adjudicación de bienes, deudas, y elección de régimen patrimonial.

⏩Para mí, sirve mucho esta información. Yo voto por el régimen de separación de bienes. Me encanta!! Y, la vida es larga, a futuro se puede cambiar de régimen, asi como también se puede modificar la convención.✅

➡️Insisto, es normal hablar de estas cosas antes de casarse. Preferible, previnir, y estar bien asesorado❗❗

➡️Desde mi lugar, te cuento y lo hago público, y realmente, desde mi perspectiva, es útil. Ojalá te sirva❗😍

Lo prometido, es deuda… De qué se trata la Mediación Virtual? Hoy modo: crítico‼️➡️Para empezar, ya te comenté que es la...
06/07/2020

Lo prometido, es deuda… De qué se trata la Mediación Virtual? Hoy modo: crítico‼️

➡️Para empezar, ya te comenté que es la mediación anteriormente. Ahora, que sea virtual💻, es “mediación a distancia” de manera digital, es decir, que en vez de ir todas las personas a la oficina del Mediador (que así es presencial), que se pueda hacer mediante zoom (o cualquier otra plataforma), cada uno en su casa🏠.

➡️En Caba hay una Resolución del Ministerio de Justicia🏛️ QUE SE PUEDE HACER, el tema, que desde mi perspectiva, es inviable porque está mal instrumentada. Dicho fácil: cuando se termina la Mediación SIEMPRE se hace un “acta” 📃–acta de cierre de Mediación- ya sea con o sin acuerdo. Y las partes, los letrados y el Mediador deben firmar la misma📝. Ahora, de manera virtual💻, esto se complica. Y justo eso es lo que está mal –siempre desde mi punto de vista subjetivo-, y a su vez, la “frutilla🍓 del postre” es que es OPTATIVO PARA LAS PARTES LA MEDIACIÓN VIRTUAL, por ende, queda a queda persona diga si quiere o no, hacer la Mediación Virtual. ⏩Obvio, depende de que lado estés, capaz te sirve, pero va a ver uno prefiera NO hacerlo, y no se puede obligar❌. Entonces, seguimos sumando dificultades🚫

➡️Ahora en Provincia🏛️, hay un proyecto de ley para que la Mediación “Virtual”💻 sea “obligatoria”, que estaría buenísimo, porque se puede avanzar con la resolución de los conflictos de las personas, de una manera amigable.‼️ Hoy por hoy, no hay nada vigente, sólo espectativas❗❓

➡️La clave: que tenga una buena y correcta instrumentación, y sea en beneficio de todos. Ojalá, 🙏 los legisladores, en el momento que lo hagan, estén iluminados. Porque es para el bien común☑️



Muy lentamente, se va poniendo en funcionamiento la Justicia🏛️⚖️ Ayer la Corte resolvió que se asignen turnos para prese...
04/07/2020

Muy lentamente, se va poniendo en funcionamiento la Justicia🏛️

⚖️ Ayer la Corte resolvió que se asignen turnos para presentarse en los Juzgados.

➡️ Esto, empieza a regir a partir del 8 de Julio, no antes‼️

➡️Es para abogados como PUBLICO EN GENERAL‼️

➡️Ojo, falta algo importante: Se llevará a cabo mediante la página web de la Corte, y este instructivo, todavía no está resuelto. Hay que esperar ‼️

Nueva ley de alquileres. Hoy modo: fácil y corto. Fundamental: rige hacia adelante. Los contratos firmados, siguen con p...
03/07/2020

Nueva ley de alquileres. Hoy modo: fácil y corto.

Fundamental: rige hacia adelante. Los contratos firmados, siguen con plena validez. Esta ley se aplica a nuevos contratos.

Cambios: los dueños y propietarios, se deben dar de alta en AFIP. Los contratos de alquiler duran ahora tres años. A los inquilinos se le piden menos cosas para ingresar, y tienen muchísimas más facilidades de garantías, y el propietario está obligado a aceptar alguna de esas (no todas). No más firmas de pagarés para los contratos de alquiler. También los inquilinos pueden rescindir el contrato de manera anticipada, siempre dando aviso, y si lo hacen bien, no pagan nada.

Más, no puedo resumir.

Si estás por firmar un contrato te sugiero, que te informes, y te asesores, porque esto es un miniiiiiii resumen, pero hay más cosas para comentar; y también varía depende el caso concreto.

Cambiamos un poco la dinámica, y hablemos de Mediación. Hoy en modo: Historia. Como saben, soy mediadora y en ese rol, u...
02/07/2020

Cambiamos un poco la dinámica, y hablemos de Mediación. Hoy en modo: Historia. Como saben, soy mediadora y en ese rol, una vez me pasó que vinieron las partes a la Mediación, el que la solicitó con su abogado, y la otra parte, también con su abogado. Todos hombres, y yo. Estando todos sentados en la mesa redonda, los abogados se pusieron a charlar… Todo venía “hermoso”, hasta que de repente, de charla pasó a gritos. En un segundo. Hasta se acercó la secretaria para ver si todo estaba bien. Y ahí, me pidieron que “cierre la Mediación” (o sea fin del proceso), que iban a ir a juicio. Hice el acta, como me lo pidieron.

Luego, volviendo a hablar con las partes, pensé para mis adentros, si los dejo salir así, literalmente, no llegan “sanos” a su casa.

Y cuando entré de nuevo a la sala, me paré frente a ellos, y le dije: Quieren el acta, aquí está. Pero sinceramente, yo no los puedo dejar salir con tanto enojo. La mediación es un espacio para hablar, y escucharnos entre todos. No para ver quién tiene la razón y como puedo ganar. Acá todos son ganadores, porque este espacio es de ustedes, y para ustedes. Quiero, empezar de nuevo, desde otro lugar. Y que sí me están escuchando todavía, y nadie se ha ido, es porque todavía tienen la libre voluntad de seguir acá sentados. Finalmente, conversamos de una manera muy armónica, y las partes llegaron a un acuerdo, beneficioso para ambos, y ambos pudieron escuchar lo que el otro tiene para decir, que es muy distinto a “creer” lo que el otro nos va a decir.

Mediar, es hermoso. Y lograr en las partes ese giro en su postura es muy gratificante.

Dicho fácil: aprovechemos siempre que podamos la Mediación, realmente ayuda mucho a las partes a resolver su conflicto de un modo más corto y por ende, eficiente.

La próxima, hablamos del futuro: Mediación Virtual!!


Sí estás en esa situación, tenés que leer esta nota!! Todo lo que necesitas saber, te lo digo, en modo: simple. Como pri...
29/06/2020

Sí estás en esa situación, tenés que leer esta nota!! Todo lo que necesitas saber, te lo digo, en modo: simple. Como primer punto: no manden ningún telegrama. TIENEN el deber de indemnizar a sus trabajadores en caso de cierre de los comercios. Hay varios decretos dictados durante la cuarentena donde se prohíben los despidos, se prohíbe suspender a los trabajadores, y además sigue vigente la doble indemnización. Entonces, en este marco, no sólo te tienen que abonar la indemnización sino también la famosa “doble indemnización”. Si mandas el telegrama de renuncia, lo más factible es que pierdas este beneficio. NO es causal de NO pago de las indemnizaciones correspondientes y debidas a los trabajadores el cierre del comercio o de la empresa. Se DEBE indemnizar igual.

Muchas veces los empleadores firman distintos tipos de acuerdos extrajudiciales con sus empleados. No firmen SIN de consultar. Es importante hacerlo antes, porque luego puede ser tarde. Para tomar algún tipo de decisión, tenés que consultar. Te cuento que mi mail es gisele.villanueva@estudio-villanueva.com, y mi celular 11-6658-1937.

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