26/06/2023
𝗗𝗘𝗖𝗥𝗘𝗧𝗢 𝗦𝗨𝗣𝗥𝗘𝗠𝗢 𝗡° 𝟰𝟵𝟲𝟭
Las personas con discapacidad podrán continuar gozando de sus beneficios aunque tengan el carnet de discapacidad vencido desde años anteriores.
Así lo señala el presente Decreto en su artículo N° 2.