30/01/2015
NORMATIVA PARA EL CARNAVAL DE GUARANDA
Creado: 28 Enero 2015
El Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Guaranda, en su afán por concienciar a la población respecto al juego del carnaval y todo lo que la tradición de este festejo representa, a dispuesto mediante Ordenanza Municipal varios articulados que contribuyen a preservar parte de la cultura que identifica a los guarandeños, y que se ha venido desvirtuando con el juego ofensivo y violento, en ese sentido el Art. 35 expresamente dice: Se prohíbe terminantemente el juego agresivo con globos con agua, carioca, y cualquier producto inflamable, durante los 30 días antes de las actividades culturales y patrimoniales del Carnaval de Guaranda, y durante el desarrollo de las mismas.
Este enunciado se complementa con lo que estipula el Artículo 36.- Los ciudadanos que sean encontrados jugando carnaval con globos de plástico con agua ( bombas de agua), carioca o cualquier otro producto inflamable, durante el recorrido de todos los eventos programados por las festividades del carnaval de Guaranda, serán prendidos en el acto y trasladados al Centro de Rehabilitación Social de Guaranda, quedando a órdenes de los Jueces de Contravenciones, Intendencia de Policía, o Comisarios Nacionales o Municipales, quienes aplicaran el debido proceso constante en la Constitución de la República del Ecuador, Código Orgánico Integral Penal y la presente Ordenanza Municipal.
La ordenanza en sus Artículos 37, 38 y 39 prevé sanciones para quienes almacenen, comercialicen y distribuyan globos, cariocas etc. y la requisa de los productos; un salario básico unificado es la multa que deberán pagar quienes infrinjan el reglamento por primera vez, y en el caso de los reincidentes la multa se triplica. Esto con la finalidad de rescatar el juego tradicional y respetuoso del carnaval. Sobre los espacios públicos destinados al desarrollo de las actividades cultuales y patrimoniales dentro del carnaval que demanden el alquiler de sillas, taburetes, butacas, bancas, etc. que brinden comodidad a los usuarios espectadores de eventos públicos, lo podrán hacer siempre y cuando obtengan el permiso correspondiente en la Unidad de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial y/o la Comisaria Municipal, como lo manifiesta el Art. 40 de la ordenanza.
Guaranda somos todos y el carnaval es un festejo que nos representa en todo el país.