23/03/2023
Hito conseguido en la defensa de los intereses de nuestra profesión y nuestra comunidadTO
Este viernes recibíamos, con mucho entusiasmo, el fallo del Tribunal Supremo, en el que se estimaba el Recurso presentado por el CGCTO contra el Real Decreto 46/2022 de 18 de enero, por el establecimiento nuevas cualificaciones profesionales (FP) y decretaba la nulidad de los criterios de realización de algunas de las competencias que se pautaban dentro de la nueva Formación Profesional sobre “Supervisión de la atención sociosanitaria para la promoción de la autonomía”
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estimaba en parte
el recurso contencioso-administrativo interpuesto el día 24 de marzo de 2022
contra el Real Decreto 46/2022, de 18 de enero anulando concretamente los criterios de realización CR1.3, CR1.4, CR1.5, de la unidad de competencia UC2571
El Consejo General postulaba la declaración de nulidad de pleno Derecho del RD, por considerar que incumple lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley del Gobierno de 1997, al no haberse recabado la opinión de la corporación profesional sanitaria a la que incumbe la cualificación del Real Decreto 46/2022.
De igual modo, sostenía haberse transgredido los principios de buena regulación, resultando ilógico que contando con centros sociosanitarios con profesionales reconocidos, regulados por la Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias, se articulase ahora una cualificación profesional no sanitaria, que a todas luces, entraría en conflicto a la hora de atender a los pacientes por su injerencia en la supervisión por el personal sanitario, introduciendo una grave inseguridad clínica que no beneficiará la atención sociosanitaria.
Con todo ello, el fallo de la sentencia anula los criterios de realización de estos tres puntos que se incluyen en la RP1 de la Unidad de Competencia 1. Una buenísima noticia que apoya la defensa de los intereses de nuestro colectivo que, a día de hoy, sigue luchando por el reconocimiento e incorporación de nuestra figura como profesional sanitario.
Supremo