
12/02/2025
Según lo establecido en la ley Nacional de Tránsito n°24.449 - artículo 68, es obligatorio contar con, al menos, un seguro de responsabilidad civil hacia terceros para poder circular.
Circular con la póliza de seguro vencida es lo mismo que circular sin seguro.No corras riesgos de que te sancionen. Te asesoramos!
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