22/04/2020
*INFORMACIÓN LEGAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD*
📌*Certificado Único de Discapacidad (CUD)*
👉🏾 ¿Necesitás obtener tu CUD?
El trámite para obtenerlo puede iniciarse en forma virtual en https://bit.ly/3aFRsYd. Si bien los turnos están suspendidos, según la Resolución 60/2020 de la Agencia Nacional de Discapacidad, las Juntas Evaluadoras continúan funcionando con guardias de emergencia.
👉🏾 ¿Tu CUD está vencido o próximo a vencer?
Según la Resolución 63/2020 de la Agencia Nacional de Discapacidad, si tu certificado vencía entre el 21 de marzo y el 18 de junio, tenés 90 días más para renovarlo. Este plazo se cuenta a partir de la fecha de vencimiento original.
📌 *Cobertura de prestaciones*
👉🏾 ¿Sos beneficiaria/o del Programa “Incluir Salud”?
Según la Resolución 69/2020 de la Agencia Nacional de Discapacidad, si sos beneficiaria/o del Programa Incluir Salud tenés derecho a exigir que te continúen atendiendo y asistiendo a distancia.
👉🏾 ¿Estás afiliada/o a una obra social o empresa de medicina prepaga?
Según la resolución 282/2020 de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) las obras sociales y prepagas deben implementar plataformas virtuales para brindar prestaciones de demanda esencial a distancia. Cuando las prestaciones sean necesarias e impostergables y no admitan la modalidad virtual pueden realizarse a domicilio si ninguna persona involucrada posee síntomas de COVID-19 (Resolución 77/2020 de la Agencia Nacional de Discapacidad). Si te niegan alguna prestación, podés consultar a la SSS escribiendo a consultasyreclamos@sssalud.gob.ar.
📌 *Circulación*
👉🏾 ¿Tenés alguna necesidad de circulación?
Según la resolución 77/2020 de la Agencia Nacional de Discapacidad, podés realizar paseos breves cerca de tu hogar, salvo que tengas síntomas de COVID-19 u otros factores de riesgo. Si lo necesitás, podés salir con un/a acompañante. Los días en los que podés circular dependen del último número de tu DNI.
📌 *Asistencia domiciliaria*
👉🏾 ¿Necesitás asistencia en tu domicilio?
Las personas que asisten a personas con discapacidad están autorizadas a circular durante el aislamiento social preventivo y obligatorio (Decreto 297/2020). El permiso de circulación puede obtenerse en forma virtual en https://bit.ly/349SkSz y será válido por 7 días. Pasado ese plazo, deberás solicitar uno nuevo.
📌 *Subsidios*
👉🏾 ¿Tenés derecho al subsidio extraordinario?
Según el Decreto 309/2020, si sos beneficiaria/o de una pensión no contributiva por “invalidez” tenés derecho a percibir un subsidio extraordinario de $3000. Este subsidio debe ser depositado junto a tu pensión en abril. Si no lo cobraste, podés llamar al 130 o enviar un mensaje al Facebook de ANSES (https://www.facebook.com/ansesgob)
👉🏾 Estamos relevando problemas que las personas con discapacidad y sus familias tengan como consecuencia de las medidas de aislamiento social, con el objetivo de identificar dificultades que se repiten, hacerlas públicas y solicitar al gobierno que implemente soluciones.
Si querés colaborar, contanos tu caso en este formulario https://docs.google.com/forms/d/1a-XaR7y38qhTv_6sCTMI2q51EB3-fqnPyTIabm9OQ5o/edit 📌 Más información y contacto en www.acij.org.ar/covid19yderechos
Sectores académicos y de la sociedad civil nos juntamos para recopilar y difundir información legal sobre las medidas que impactan en la vida de los sectores más vulnerables para que conozcan sus d…