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27/12/2012

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17/12/2012
AFIP- Nueva reglamentación para jugadores profesionales de futbol:La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ...
20/11/2012

AFIP- Nueva reglamentación para jugadores profesionales de futbol:

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio un paso más en la avanzada contra la evasión de impuestos y la fuga de capitales en las transferencias de jugadores.

A través de la resolución general 3376 publicada en el Boletín Oficial el 24 de agosto de 2012, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray pone en marcha la declaración jurada anticipada de las transferencias de futbolistas.

Puntualmente, la nueva reglamentación establece un régimen de control fiscal respecto de las transferencias o cesiones de los derechos federativos yo económicos de los jugadores de fútbol profesional.

También quedan comprendidas las contrataciones, rescisiones y desvinculaciones realizadas entre los jugadores de fútbol profesional y los clubes de las Divisiones Primera “A” y Nacional “B”.

Como primera medida, la resolución crea la “nómina dinámica de paraísos fiscales deportivos” que estará integrada por las entidades deportivas del exterior que intervengan, como transferentes o cedentes de jugadores de fútbol profesional, que no hayan sido formados deportivamente en sus divisiones inferiores o que no hayan jugado profesionalmente al menos una temporada en torneos oficiales locales para dicha entidad.

Dicha nómina, así como sus actualizaciones, se encontrarán online en el sitio web del Organismo recaudador.

Asimismo, la AFIP pone la lupa sobre los futbolistas libres: “Los jugadores de fútbol profesional, que queden en libertad de contratación como consecuencia de desvinculaciones laborales tienen la obligación de informar a la AFIP tal situación, dentro de los 10 días corridos de producida la desvinculación”.

Operaciones observadas

Cuando en la transacción participe un club integrante de la “nómina dinámica de paraísos fiscales deportivos” la operación resultará observada por la AFIP.

Las transacciones pueden referir a:

Jugadores en libertad de contración a registrarse en clubes del exterior.

Jugadores registrados en clubes del país a ser transferidos a clubes del exterior.

Jugadores contratados por clubes del país provenientes de clubes del exterior.

Ante tal situación, se deberá ingresar un pago a cuenta en el Impuesto a las Ganancias. El anticipo se determinará aplicando una alícuota del 35% sobre la base imponible que establezca el fisco nacional.

El ingreso del pago a cuenta deberá ser efectuado dentro de los 5 días hábiles de ingresada la declaración jurada anticipada mediante:

Transferencia electrónica de fondos o, Depósito bancario.

Las nuevas pautas entran en vigencia hoy y son de aplicación para las operaciones económicas realizadas a partir del 1º de enero de 2012, inclusive.

Respecto a las transferencias celebradas desde del 1º de enero de 2012 hasta el 23 de agosto pasado, el fisco nacional estableció que deberán ser informadas antes del 30 de septiembre próximo.

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20/11/2012

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A través del decreto 1331/2012, publicado en el boletín oficial el 7 de agosto de 2012, se resolvió aumentar el aporte de capital mínimo de las sociedades anónimas a la suma de $100.000. La última actualización había sido realizada en el año 1991 fijando la suma de $12.000.

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27/08/2012

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Las personas encargadas de fideicomisos en la Argentina y los que localmente representen a fideicomisos del exterior deberán informar a partir de julio a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) todos sus movimientos. Así se establece en la Resolución General 3312/2012 de ese organismo,...

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22/08/2012

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El 2 de agosto de 2012 entró en vigencia la Disposición 51/12, que reemplaza a la Disposición 12/03 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas. En la misma se realizan modificaciones en los procedimientos internos, además de los títulos y documentos que deben ser acompañados en los trámites qu...

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08/08/2012

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