03/07/2015
¿SABIA USTED que al tener un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, tiene derecho a una doble indemnización aunque en el alta medica figure sin incapacidad y no Haya tenido operación?
¿COMO ES ESTO?
en la primer instancia, se cobra una indemnización ante la ART o superintendencia de riesgo de trabajo, y la segunda, se cobraría a través de la vía judicial en el lapso no mayor de un año
¿COMO TRABAJAMOS? NOSOTROS, con nuestro cuerpo de médicos legistas, psicólogos, psiquiatras, examinamos a nuestros clientes, se realiza un informe, donde determina la incapacidad verdadera. en el mismo se detalla su verdadero daño físico, psicológico, psiquiátrico.