Roldan - Battista & Asoc. Abogados

Roldan - Battista & Asoc. Abogados Estudio Jurídico. Asesoramiento jurídico Integral.

Somos un estudio jurídico con trayectoria suficiente comprobada, integrado por abogados capacitados en  una amplia gama ...
02/12/2022

Somos un estudio jurídico con trayectoria suficiente comprobada, integrado por abogados capacitados en una amplia gama de áreas del derecho, lo que facilita un asesoramiento legal verdaderamente integral
Podes llamarnos o enviarnos un whatsapp al Dr. Roldán. 2234-26-7008. Dra. Battista. 2235-03-6508.
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La Cámara Nacional en lo Civil consideró que no hay "ningún impedimento legal" para el reajuste del importe que un padre...
01/12/2022

La Cámara Nacional en lo Civil consideró que no hay "ningún impedimento legal" para el reajuste del importe que un padre debe depositar para su hijo menor de edad en forma anual en línea con el índice del Banco Central (BCRA) para los alquileres.
La Cámara Nacional en lo Civil ratificó este martes la cuota alimentaria de 90 mil pesos por mes que un padre debe depositar para su hijo menor de edad. A la disposición se le suma que la Cámara ordenó, además, el reajuste del importe en forma anual según el índice del Banco Central (BCRA) para los alquileres de viviendas al aclarar que no hay "ningún impedimento legal" para determinarlo.
La explicación de la Sala H de la Cámara indicó que la obligación alimentaria derivada de la responsabilidad parental comprende las necesidades de los hijos de “manutención, educación, esparcimiento, vivienda, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y aquellos para adquirir una profesión u oficio”.

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Divorcios. Presentación Unilateral o Conjunta. Gestión y asesoramiento de de propuestas y convenios reguladores de efect...
30/11/2022

Divorcios. Presentación Unilateral o Conjunta. Gestión y asesoramiento de de propuestas y convenios reguladores de efectos de divorcio judiciales o privados. Liquidación de bienes de comunidad judicial o privados. Divorcios. Presentación Unilateral o Conjunta. Gestión y asesoramiento de de propuestas y convenios reguladores de efectos de divorcio judiciales o privados. Liquidación de bienes de comunidad judicial o privados. Podes llamarnos o enviarnos un whatsapp al Dr. Roldán. 2234-26-7008. Dra. Battista. 2235-03-6508.
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A raíz de noticias que circularon en las redes sociales y distintos portales sobre el resurgimiento de la llamada “Flor ...
29/11/2022

A raíz de noticias que circularon en las redes sociales y distintos portales sobre el resurgimiento de la llamada “Flor de la Abundancia”, decidimos explicarte de qué trata esta forma de estafa piramidal y en el caso de que hayas sido estafado, recurras a nosotros a fines de que formulemos la denuncia correspondiente y que puedas intentar el recupero de tu dinero, más el resarcimiento por los daños y perjuicios que te hayan provocado. “La flor o telar de la abundancia” se trata de un mecanismo mediante el cual se invita al público a colocar su dinero con promesas de retribuirle intereses exorbitantes. Dado que el dinero ingresado no se destina a ninguna actividad que de por sí produzca utilidades, la posibilidad de obtener la ganancia prometida depende exclusivamente del ingreso de nuevos participantes; en consecuencia, a medida que se van creando nuevos grupos, se van necesitando cada vez más personas para completarlos, lo que aumenta las posibilidades de que el mecanismo se quiebre y pierdas repentinamente todo el dinero que invertiste, siendo en muchos casos los sujetos organizadores los que deciden cuando quiebra el sistema, quedándose con todo el dinero aportado por los inversores. Podes llamarnos o enviarnos un whatsapp al Dr. Roldán. 2234-26-7008. Dra. Battista. 2235-03-6508.
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recurras a nosotros a fines de que formulemos la denuncia correspondiente y que puedas intentar el recupero de tu dinero...
09/11/2022

recurras a nosotros a fines de que formulemos la denuncia correspondiente y que puedas intentar el recupero de tu dinero, más el resarcimiento por los daños y perjuicios que te hayan provocado. “La flor o telar de la abundancia” se trata de un mecanismo mediante el cual se invita al público a colocar su dinero con promesas de retribuirle intereses exorbitantes. Dado que el dinero ingresado no se destina a ninguna actividad que de por sí produzca utilidades, la posibilidad de obtener la ganancia prometida depende exclusivamente del ingreso de nuevos participantes; en consecuencia, a medida que se van creando nuevos grupos, se van necesitando cada vez más personas para completarlos, lo que aumenta las posibilidades de que el mecanismo se quiebre y pierdas repentinamente todo el dinero que invertiste, siendo en muchos casos los sujetos organizadores los que deciden cuando quiebra el sistema, quedándose con todo el dinero aportado por los inversores. Podes llamarnos o enviarnos un whatsapp al Dr. Roldán. 2234-26-7008. Dra. Battista. 2235-03-6508.
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Debido al creciente nivel de las interacciones entre personas en los muros de Facebook y ante las reiteradas consultas d...
28/10/2022

Debido al creciente nivel de las interacciones entre personas en los muros de Facebook y ante las reiteradas consultas de nuestros clientes, por todo tipo de manifestaciones agresivas y ofensas personales que reciben no solo en la red social más famosa, sino también en otras como Twitter o Instagram; entendemos que es importante sugerirte que ante descalificaciones personales o comentarios ofensivos por parte de otras personas, los cuales dañen tu derecho al honor y a la dignidad, nos contactes a fines de que obtengas una resarcimiento por los daños y perjuicios que las publicaciones te hayan provocado, y además su inmediata supresión donde se haya publicado.
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La Cámara Nacional en lo Civil consideró que no hay "ningún impedimento legal" para el reajuste del importe que un padre...
26/10/2022

La Cámara Nacional en lo Civil consideró que no hay "ningún impedimento legal" para el reajuste del importe que un padre debe depositar para su hijo menor de edad en forma anual en línea con el índice del Banco Central (BCRA) para los alquileres.
La Cámara Nacional en lo Civil ratificó este martes la cuota alimentaria de 90 mil pesos por mes que un padre debe depositar para su hijo menor de edad. A la disposición se le suma que la Cámara ordenó, además, el reajuste del importe en forma anual según el índice del Banco Central (BCRA) para los alquileres de viviendas al aclarar que no hay "ningún impedimento legal" para determinarlo.
Asimismo, sostuvo que cuando los progenitores no conviven para estimar la contribución de quien reside con el hijo “deben considerarse los aportes en especie de significado económico que hace y la atención que presta en los múltiples requerimientos cotidianos", ya que eso implica una inversión de tiempo al que debe atribuírsele valor porque "de otro modo, podría invertir ese tiempo en actividades lucrativas”.
El tribunal expuso que para determinar el monto de la cuota alimentaria “debe contemplarse la edad del alimentado, necesidades de su desarrollo físico y socio cultural", al igual que aspectos como vivienda, vestimenta y salud. También consideró tener en cuenta "no solo los ingresos habituales del alimentante (progenitor), sino también su capital".
Los camaristas Claudio Kiper y José Benito Fajre evaluaron que tanto la accionante como el demandado poseen cuentas bancarias, tarjetas de crédito e inmuebles en la Ciudad y en la provincia de Buenos Aires.
Por eso, afirmaron que “la pauta (de reajuste) elegida por la magistrada de grado no es la más conveniente, puesto que tiene un límite temporal y además los montos resultantes podrían no compadecerse con los efectos que produce la inflación”.

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