Colegio de Odontólogos Prov. Bs. As. Distrito IX

Colegio de Odontólogos Prov. Bs. As. Distrito IX Colegio de Odontólogos Prov. Bs. As. Distrito IX La magnitud de la falta será evaluada por los tribunales diciplinarios de las dos instancias colegiadas.

Definiciones preliminares

A los fines del código, se establece que:

a) Ámbito de aplicación: Es la jurisdicción de la provincia de Buenos Aires. b) Sujeto destinatario de las normas:Es el odontólogo matriculado en el colegio de odontólogos de la Provincia de Buenos Aires, a través de los colegios de odontólogos de distrito. c) Ejercicio profesional: Es la labor profesionalejercida independiente o como consecuencia de una vinculación contractual con el estado Nacional, Provincial y/o Municipal y/o sujetos del derecho privado. Esta vinculación no lo revela de las obligaiones de su matriculación.

• Derechos y Deberes: Son las acciones del matriculado expresadas como obligaciones de hacer y de no hacer, considerándose falta de la ética toda trasgresión a una obligación de hacer o el estar incurso en una obligación de no hacen. e) Mecánico para dentista: Protésico de laboratorio dental o como legalmente se denomine. Es un colaborador del odotólogo que siguiendo sus indicaciones y órdenes realiza un aparato, sobre modelos, pruebas, etc.. Efectuadas por el profesional, para que el odontólogo lo instale en boca del paciente. f) Secreto profesional: Es la reserva obligatoria sobre la identidad del paciente o el diagnóstico, pronóstico, tratamiento y datos registrados en la ficha clínica así como toda confidencia del paciente basada en la confianza que le inspira su odontólogo. g) Paciente de un profesional: Es la persona que recurre a un matriculado para qué por sí o a través de otro odontólogo matriculado bajo su supervisión, le realice a él o los familiares bajo su dependencia, determinadas prácticas odontológicas. En funcion de ello, todo matriculado deberá:


CAPITULO I

De la conducta personal y profesional en general

Artículo 1°: Defender y hacer respetar su profesión, procediendo en todo momento con la discreción. y mesura debida, el honor y la integridad que exige su ubicación en la sociedad. Artículo 2°: Llevar una conducta privada acorde con las sanas costumbres sociales de forma tal de preservarla de todo comentario desfavorable. Artículo 3°: No ser autor o participe de la comisión de un delito doloso. Cuando por cualquier medio se tomara conocimiento que un odontólogo se encuentra bajo proceso en que se investiga su participación en algunos de los hechos indicados, el colegio de odontólogos con jurisdicción en el lugar en que se hubieran cometido los hechos o supletoriamente, aquel dónde el profesional se encuentre matriculado, deberá iniciar el sumario correspondiente para su juzgamiento ético y determinar si además hubiere alguna otra falta presuntamente cometida por el matriculado. En lo atinente a la certeza de la autoría del delito, deberán suspenderse los términos procesales hasta tanto la Justicia determine si el matriculado ha participado la comisión de los hechos. Acreditado este extremo por la Justicia Ordinaria, se proseguirá su juzgamiento por esta causal, en sede colegiada conforme lo indicado en el Reglamento Disciplinario. Artículo 4º. Cumplir con las obligaciones que impone la ley de Colegiación y las normas dictadas en su consecuencia. a) El incumplimiento de las obligaciones de pago será considerada falta de ética cuando fuera resultado de una negativa expresa a su cumplimiento. b) Como así también quien contrate o autorice por cualquier medio a ejercer en su consultorio a odontólogos no matriculados. Articulo 5°: Extremar el empleo de su capacidad, conocimiento y medios técnicos para la prevención y curación de las afecciones Buco-Máxilo-Faciales, resguardando el prestigio de la profesión al colaborar en la integración de equipos con otros profesionales del arte del curar para el tratamiento de las afecciones que así lo requieran. Articulo 6°: Combatir el charlatanismo y el curanderismo odontología o cualesquiera que fueran sus formas y fines, mediante los actos que fuera necesario. Articulo 7°: Atender conforme los principios científicos básicos, sin hacer distingos de rango social, recursos pecuniarios, formas de pago, raza, religión, nacionalidad, edad, sexo o enfermedades que padezca el paciente, sin perjuicio de lo cual podrá organizar los días y horas de atención y dar los turnos conforme lo considere operativamente más apropiado para su actividad. En su labor utilizará únicamente técnicas, procedimientos y prescripciones que cuenten con el respaldo de la enseñanza oficialmente autorizada o el reconocimiento de instituciones científicas acreditadas. Articulo 8°: Abstenerse de ocupar un cargo público o privado del cual fuera separado un colega sin sumario previo. El colegio propicia que todos los cargos y funciones sean cubiertos por concurso. Articulo 9°: Prestar toda colaboración posible, cooperando con los organismos sanitarios frente circunstancias que se presenten bajo la forma de accidentes o cataclismos de carácter colectivo. CAPITULO II

De los pacientes en particular en función de ello deberá


Artículo 10°: Efectuar el registro del respectivo contrato de acuerdo establecido por el articulo 13 inc.5 de la ley 12.754. Constituye falta de ética la prestación de servicios a obras sociales, mutualidad o entidades similares sin haberse efectuado el registro respectivo. Articulo 11°: Prestar atención a un paciente, cuando:

a) Se encontrara ante un caso de verdadera urgencia

b) Corra peligro la vida

• No exista servicio público en la localidad o habiéndole, sea el único profesional disponible en ese momento. Salvo estos supuestos, por las razones personales que considere válidas, podrá desistir de su situación. Articulo 12°: Aceptar que el paciente tiene el derecho de cambiar de profesional en el transcurso de un tratamiento. Cuando el odontólogo reciba un paciente con tratamiento comenzado o con secuelas de un tratamiento realizado por un colega, tiene el derecho de tomarlo bajo su atención sin que este hecho configure falta de ética profesional. Articulo 13°: Hacer saber al paciente: cualquier percance o resultado no deseado en la realización de una práctica, propiciando las soluciones posibles ante la contingencia. Artículo 14°: Cumplir hasta su terminación los tratamientos conforme lo convenido, salvo que insuperables circunstancias profesionales le indique lo contrario. En estos casos o si el paciente renunciara a atenerse, se procederá a una equitativa valoración de lo efectuado para la correspondiente liquidación proporcional de los honorarios, conforme la práctica para ese tipo de prestaciones. Articulo 15°: Limitar su asistencia a lo estrictamente indicado cuando le haya sido enviado un paciente por un colega para un tratamiento específico. Articulo 16°: Evitar la derivación de enfermos del hospital al consultorio particular salvo excepción. CAPITULO III

De la relación con los demás colegas y otro profesionales

Articulo 17°: No deberá censurar indebidamente ante los pacientes, los sistemas de trabajo o tratamientos efectuados por otros odontólogos, ni plantear dudas sobre la capacidad de los colegas. Articulo 18°: No deberá participar honorarios con otro profesionales por la atención a un paciente. Cuando se efectúa una atención conjunta, los honorarios se facturarán por separado. Articulo 19°: Deberá mantener cordiales relaciones con los colegas, médicos bioquímicos, farmacéuticos y general con todos los profesionales afines, respetando los conocimientos y prácticas de cada especialidad, evitando asumir responsabilidades impropias. Artículo 20°: Deberá evitar orientar pacientes sobre dónde debe hacerse efectiva una receta. Artículo 21°: No deberá percibir porcentajes derivados de la prescripción de medicamentos, exámenes de laboratorio y cualquier medio auxiliar. Artículo 22°: No deberá efectuar gestiones o tramites personales o por intermedio de terceros ante directivos o miembros de las obras sociales o mutuales a los efectos de canalizar al consultorio envío de pacientes en detrimento económico de sus colegas, que estuvieron en la misma situación contractual. Articulo 23°: No debiera atender a los afiliados de una obra social, mutualidad o entidad similar, no estando habilitado para ello, arancelar a través de las planillas de otro profesional o cobrar solamente la parte del consultorio, correspondiente al copago. No deberá permitir ésta maniobra en su planilla. Articulo 24°: No deberá invocar como propios pacientes de otros colegas ni asumir el haber realizado en ellos prácticas no efectuadas por sí, ni autorizar que otro colega lo invoque o asuma, a ningún fin, ni aún con el consentimiento del paciente. CAPITULO IV

Todo matriculado deberá:

Articulo 25°: Con relación a los mecánicos dentales:

a) no delegar en ningún caso, la aplicación de procedimientos en boca del paciente, tales como diagnóstico, toma de impresiones, registros, prueba de color, retoques, adaptaciones, etc. b) no enviar trabajos sin la debida orden firmada. c) no proveer órdenes en blanco. d) encomendar trabajos de prótesis sólo a los que estén debidamente registrados ante la autoridad competente. CAPITULO V

Articulo 26°: El secreto profesional no se infringe cuando el informe se le requiera por y bajo las siguientes circunstancias:

a) familiares directos del paciente, basados en razones de extrema importancia, a juicio del matriculado. b) peritos oficiales o funcionarios del estado.

• la obligación legal de dar cuenta de determinadas enfermedades. d) un colega, por causa debidamente fundada, a juicio del requerido. e) se es objeto de alguna cuestión ética o de mala praxis. f) sea necesario notificarlo a la obra social o mutual del paciente o a la justicia para el cobro de las prestaciones o la realización de auditorias. CAPITULO VI

Artículo 27°: Toda trasgresión al reglamento de publicidad será considerado falta de ética. CAPITULO VII

Articulo 28°: Quien cumpla funciones de odontólogo auditor, deberá abstenerse de:

a) emitir ante el paciente observación u opinión en relación al tratamiento realizado o a realizar por el odontólogo prestador.

6) ser prestador de la obra social, mutual o prepaga que audita o tener vin culaciones comerciales o empresariales con la misma. La Plata, 24 de agosto de 2002

✨ Bienvenido 2026 🎆Desde el Colegio de Odontólogos les deseamos un nuevo año lleno de salud, proyectos y nuevos desafíos...
31/12/2025

✨ Bienvenido 2026 🎆
Desde el Colegio de Odontólogos les deseamos un nuevo año lleno de salud, proyectos y nuevos desafíos compartidos.

Que este 2026 nos encuentre trabajando juntos, fortaleciendo la profesión, el compromiso ético y el crecimiento de nuestra comunidad.

🤍 Gracias por acompañarnos y ser parte de este camino.

✨ Que esta Navidad renueve la esperanza 🎄Desde el Colegio de Odontólogos saludamos a todos nuestros matriculados y a sus...
24/12/2025

✨ Que esta Navidad renueve la esperanza 🎄
Desde el Colegio de Odontólogos saludamos a todos nuestros matriculados y a sus familias, deseándoles una Navidad llena de paz, encuentro y momentos compartidos.

Que el nuevo año nos encuentre renovando el compromiso con la profesión, el trabajo en comunidad y el cuidado de la salud.

🤍 Gracias por ser parte y acompañarnos durante todo el año.

¡Damos la bienvenida a un nuevo matriculado!El miércoles 10 de diciembre de 2025, se incorporó a nuestro Colegio el Dr. ...
12/12/2025

¡Damos la bienvenida a un nuevo matriculado!
El miércoles 10 de diciembre de 2025, se incorporó a nuestro Colegio el Dr. Ignacio Gamboa.

Le deseamos una trayectoria profesional llena de crecimiento, compromiso y servicio a la comunidad.
¡Bienvenido!

📣 PREINSCRIPCIÓN ABIERTA – 1° NivelDiplomatura en EndodonciaDictado por la Dra. Ana Laura ResaAño 2026📅 Inicio: Segundo ...
10/12/2025

📣 PREINSCRIPCIÓN ABIERTA – 1° Nivel
Diplomatura en Endodoncia
Dictado por la Dra. Ana Laura Resa
Año 2026

📅 Inicio: Segundo martes de cada mes

🔹 Comienza el martes 10 de marzo I Finaliza: Diciembre 2026
⏰ Horario: 9:00 a 17:00

🎓 Cupos limitados – Curso arancelado

📲 Consultas e inscripción por WhatsApp: 223 606-8893

🦷✨ Formación continua en movimientoEl pasado viernes 5 de diciembre finalizó el curso“Ortodoncia Clínica con Aparatos Ve...
10/12/2025

🦷✨ Formación continua en movimiento

El pasado viernes 5 de diciembre finalizó el curso
“Ortodoncia Clínica con Aparatos Vestibulares y Linguales”, dictado por los Dres.:
👨‍⚕️ Luces León Miguel Ángel
👨‍⚕️ Daroda Mauro
👨‍⚕️ Torreani Fernando
👨‍⚕️ Pereyra Luis
👨‍⚕️ Uzal Martín

Agradecemos a todos los profesionales que participaron y siguen apostando a la capacitación permanente.
Continuamos trabajando para fortalecer la actualización científica de nuestra comunidad odontológica. 💙



La presidenta del Colegio de Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires Distrito IX, Dra. Marta Fallemann, asistió al a...
05/12/2025

La presidenta del Colegio de Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires Distrito IX, Dra. Marta Fallemann, asistió al acto organizado por el Colegio de Médicos Distrito IX.

El encuentro tuvo lugar en el Hotel Sasso y contó con la entrega de títulos de Especialistas, además del reconocimiento a profesionales con 30, 50 y más de 60 años de ejercicio, junto a médicos jubilados.

Agradecemos la cordial invitación y celebramos estos espacios de encuentro que fortalecen el vínculo institucional entre los colegios profesionales de nuestra región.

🦷✨ PRE-INSCRIPCIÓN 2026Residencia en Armonización OrofacialPerfeccioná tu práctica profesional con una formación integra...
03/12/2025

🦷✨ PRE-INSCRIPCIÓN 2026
Residencia en Armonización Orofacial

Perfeccioná tu práctica profesional con una formación integral, teórica y aplicada.

📚 Metodología
• 1 clase teórica mensual por Zoom (grabada por unos días).
• 1 encuentro presencial mensual con teoría aplicada, workshop y práctica sobre pacientes.

👩‍🏫 Dictado por:
Prof. Dra. Silvina Taich

📅 Duración:
Marzo a diciembre 2026
🗓️ Cuarto jueves de cada mes
⏰ 09:00 a 16:00 hs

⚠️ Cupos limitados – Curso arancelado
📲 Consultas e inscripción: 223 606 8893

✨ Último Encuentro del Curso de Endodoncia 2025Ayer, lunes 1 de diciembre, cerramos un nuevo año de formación continua j...
02/12/2025

✨ Último Encuentro del Curso de Endodoncia 2025

Ayer, lunes 1 de diciembre, cerramos un nuevo año de formación continua junto a la Dra. Ana Laura Resa, culminando el ciclo de encuentros que fortalecieron la actualización y la práctica profesional de nuestros colegas.

En esta última jornada, compartimos conocimientos, casos clínicos y experiencias que consolidan el compromiso del Colegio de Odontólogos con una capacitación de excelencia para toda la comunidad odontológica.

👏 Agradecemos a cada profesional que fue parte de este recorrido y que, con su participación, hace posible seguir construyendo espacios de aprendizaje y crecimiento colectivo.

28/11/2025

A veces por desconocimiento o confianza, podés caer en manos equivocadas.
Pero tu salud bucal no es un experimento.
Solo los odontólogos matriculados están capacitados para atenderte de forma segura.
🦷 No te arriesgues. Cuidate con profesionales.

📢 Es un mensaje del Colegio de Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires – Distrito IX.
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📣 PREINSCRIPCIÓN ABIERTA – 1° NivelCurso Avanzado en Endodoncia MecanizadaDictado por la Dra. Ana Laura ResaAño 2026📅 In...
27/11/2025

📣 PREINSCRIPCIÓN ABIERTA – 1° Nivel
Curso Avanzado en Endodoncia Mecanizada
Dictado por la Dra. Ana Laura Resa
Año 2026

📅 Inicio: Segundo martes de cada mes

🔹 Comienza el martes 10 de marzo I Finaliza: Diciembre 2026
⏰ Horario: 9:00 a 17:00

🎓 Cupos limitados – Curso arancelado

📲 Consultas e inscripción por WhatsApp: 223 606-8893

🦷✨ Realizamos con éxito unas nuevas jornadas de actualización en Armonización Orofacial El Colegio de Odontólogos IX Dis...
26/11/2025

🦷✨ Realizamos con éxito unas nuevas jornadas de actualización en Armonización Orofacial

El Colegio de Odontólogos IX Distrito llevó adelante los días miércoles 19 y jueves 20 de noviembre el curso presencial de Armonización Orofacial, dictado por la Dra. Silvina Taich.

Durante ambas jornadas, los profesionales participaron de una formación integral sobre el uso de Ácido Hialurónico, Toxina Botulínica y Bioestimuladores, incorporando técnicas con aguja y cánula bajo los más altos estándares de seguridad.

🔍 Entre los contenidos abordados se trabajó en:
• Fundamentos y marco legal
• Aplicación de ácido hialurónico en estética facial
• Uso de toxina botulínica en tratamientos estéticos
• Bioestimuladores faciales

Agradecemos a la Dra. Taich y a todos los participantes por su compromiso y por apostar a la actualización constante de la profesión. ¡Seguimos promoviendo la formación continua para una odontología de excelencia!

🇦🇷 Día de la Soberanía NacionalHoy recordamos la importancia de defender nuestros valores, nuestra historia y nuestra id...
20/11/2025

🇦🇷 Día de la Soberanía Nacional

Hoy recordamos la importancia de defender nuestros valores, nuestra historia y nuestra identidad como Nación.

Desde el Colegio de Odontólogos IX Distrito reafirmamos nuestro compromiso con una profesión al servicio de la comunidad, trabajando cada día con responsabilidad, ética y vocación para construir un país más justo y soberano.

Honramos a quienes nos precedieron y renovamos nuestro compromiso con el presente y el futuro de nuestra Argentina. 🇦🇷

Dirección

Bolívar 2860
Mar Del Plata
7600

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 15:00
Martes 09:00 - 15:00
Miércoles 09:00 - 15:00
Jueves 09:00 - 15:00
Viernes 09:00 - 15:00

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Colegio de Odontólogos Prov. Bs. As. Distrito IX publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto El Consultorio

Enviar un mensaje a Colegio de Odontólogos Prov. Bs. As. Distrito IX:

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