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leyyfertilidad Estudio Jurídico especializado en Derecho a la Salud Reproductiva a cargo de la Dra. Nadia Parolin

En una resolución de alto impacto para el debate sobre la gestación por sustitución de vientres, la Sala H de la Cámara ...
04/12/2025

En una resolución de alto impacto para el debate sobre la gestación por sustitución de vientres, la Sala H de la Cámara Civil porteña resolvió, por mayoría, declarar la inconstitucionalidad del artículo 562 del Código Civil y Comercial de la Nación y admitir la impugnación de maternidad promovida por una mujer que actuó como gestante sin voluntad procreacional

La Sala H de la Cámara Nacional en lo Civil, por mayoría, revocó una sentencia de primera instancia y declaró la inconst...
03/12/2025

La Sala H de la Cámara Nacional en lo Civil, por mayoría, revocó una sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad del artículo 562 del Código Civil y Comercial, habilitando la impugnación de maternidad promovida en un caso de gestación por sustitución, al considerar que la mujer que llevó adelante el embarazo había manifestado de forma clara y sostenida la ausencia de voluntad procreacional.

La causa se inició cuando los actores - el comitente y la gestante- solicitaron una medida cautelar para que la niña —por entonces por nacer— fuese inscripta solo con el actor como progenitor, sin emplazar a la co-actora gestante, quien había dejado asentado que no deseaba asumir la maternidad, según el acuerdo protocolizado y los consentimientos otorgados ante la clínica interviniente.

Sin embargo, ante el nacimiento ocurrido el 27 de septiembre de 2024, la niña fue inscripta como hija de ambos. Esto derivó en la promoción de la acción de filiación y el planteo de inconstitucionalidad del artículo 562. Los jueces del Alzada entendieron que el caso reunía elementos suficientes para acreditar que la mujer gestante carecía de voluntad procreacional, tal como surgía del acuerdo de gestación, de los consentimientos médicos y de las entrevistas del Cuerpo Interdisciplinario Forense, que descartaron presiones, coacción o motivos economicistas.

También valoraron el sobreseimiento del co-actor en la causa penal que había investigado posibles delitos de trata o reducción a la servidumbre, donde se destacó el carácter libre y consciente del consentimiento prestado por la gestante.

La Cámara Civil subrayó que forzar a la mujer a asumir la maternidad —pese a haber intervenido únicamente como gestante— implicaría una violación a su autonomía reproductiva, colocándola en una situación de vulnerabilidad y revictimización contraria a los compromisos del Estado en materia de derechos humanos y violencia de género.

Para el tribunal, un emplazamiento materno es contrario a la realidad socioafectiva y a la voluntad expresa de las partes.

14/11/2025
La obra social debe cubrir el tratamiento de vitrificación de ovocitos mas no el mantenimiento de la reserva luego de co...
04/11/2025

La obra social debe cubrir el tratamiento de vitrificación de ovocitos mas no el mantenimiento de la reserva luego de concretada la extracción.

Sumario:
1.-La decisión de primera instancia debe ser confirmada, aunque parcialmente, procediendo la cobertura del tratamiento de vitrificación -criopreservación- de ovocitos, medicamentos, terapias de apoyo y honorarios profesionales, aunque sin que ello pueda extenderse en una condena a la obra social a cubrir la conservación de los ovocitos que la amparista desea preservar, pues el mantenimiento de la reserva de ovocitos, una vez concretada su extracción, debe quedar a cargo de aquella en tanto no es el presente un supuesto de preservación de embriones en un procedimiento de fertilización asistida destinado a obtener un embarazo actual, dependiendo aquí de la voluntad de la amparista el momento en que decidirá llevar adelante su deseo procreacional, oportunidad respecto de la cual no existen certezas que habiliten o justifiquen establecer un término.

2.-La detenida ponderación de los extremos fácticos y jurídicos que exhibe el caso y la necesaria tutela de los derechos fundamentales en juego (con expreso reconocimiento constitucional, cfr. art. 36 inc. 1, 4 y 8 CPen.) imponen el reconocimiento del derecho del actora al acceso y cobertura de una práctica que se encuentra prevista normativamente (Ley 14.208 y su decreto reglamentario) y se vincula con la preservación de su propia condición de fertilidad, entendida como una estrategia de tratamiento encaminada a la futura concreción de un deseo de maternidad manifestado por la amparista.

3.-La acción de amparo requiere una lesión actual, con presencia reinante o inminente, de la que carece la prestación reclamada en la demanda y que resuelve favorablemente la sentencia atacada (art. 20 inc. 2 CPBA y Ley 13.928 , t. seg. Ley 14.192 ), pues se observa del escrito de promoción que la demandante reclama la cobertura del tratamiento de alta complejidad y sus prácticas complementarias, ante el ‘proyecto de maternidad futura, ya sea con embarazo monoparental o biparental’ y, así, la inclusión de alcances vinculados con contingencias hipotéticas no se sostiene

Una mujer de 46 años, afiliada al Instituto de Obra Social de la Provincia de Corrientes (IOSCor), presentó un recurso d...
31/10/2025

Una mujer de 46 años, afiliada al Instituto de Obra Social de la Provincia de Corrientes (IOSCor), presentó un recurso de amparo para acceder a un tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad que la obra social le había negado con el argumento de que no tenía pareja.

El diagnóstico médico indicaba infertilidad primaria, pero el IOSCor rechazó la cobertura alegando que la paciente no cumplía con uno de los requisitos: estar en pareja. Frente a esa decisión, la mujer recurrió a la justicia, que finalmente le dio la razón.

El Juzgado Laboral N° 2 de Corrientes admitió el reclamo y recordó que la Ley 26.862 de Reproducción Médicamente Asistida “no exige estar casado o en pareja para acceder a las técnicas”, por lo que esa interpretación resultaba discriminatoria.

En la resolución, el juez Rodrigo Orrantía sostuvo que “el derecho a procrear no puede depender del estado civil” y advirtió que la negativa de la obra social configuraba una violación al principio de igualdad y no discriminación.

El magistrado también destacó que la paciente padece “infertilidad primaria”, que está debidamente acreditada en el expediente, y valoró la urgencia del caso en función de su edad, al señalar que “la edad de la amparista es determinante para aumentar las chances de lograr un embarazo exitoso”, lo que volvía imperativo brindar cobertura inmediata.

Además, recordó que la Ley 26.862 garantiza el acceso a tratamientos de reproducción asistida a “toda persona mayor de edad, sin que se puedan introducir requisitos o limitaciones que impliquen discriminación o exclusión fundadas en la orientación sexual o el estado civil”, y que por lo tanto “no es requisito que la persona se encuentre en pareja” para acceder a la cobertura.

La sentencia subrayó los riesgos de la demora en una situación de salud reproductiva, al afirmar que “el perjuicio es inminente y resultaría imposible subsanar una circunstancia que deviene agotada por el transcurso del tiempo”, especialmente teniendo en cuenta la edad de la paciente .

Por esa razón, el juez admitió la medida cautelar y ordenó al IOSCor que cubra de manera integral e inmediata el procedimiento médico indicado

Ser madre no siempre comienza con un test positivo.A veces empieza con una idea, una consulta, una ilusión, o una inyecc...
19/10/2025

Ser madre no siempre comienza con un test positivo.

A veces empieza con una idea, una consulta, una ilusión, o una inyección diaria de esperanza.

A todas las que transitan tratamientos, las que esperan una transferencia, las que lloran un intento fallido y las que ya tienen a su bebé en brazos: este día también es de ustedes.

🌷 Porque la maternidad también se elige, se busca y se sueña.

Feliz dia.

🌷 Día Internacional del Duelo Gestacional y Perinatal 🌷15 de octubreHoy acompañamos a todas las familias que han atraves...
15/10/2025

🌷 Día Internacional del Duelo Gestacional y Perinatal 🌷

15 de octubre

Hoy acompañamos a todas las familias que han atravesado la pérdida de un embarazo o de un hijo o hija recién nacido/a.
Este día invita a visibilizar un dolor que muchas veces permanece en silencio, pero que es profundamente real y merece reconocimiento, respeto y contención.

El duelo gestacional y perinatal no tiene tiempos ni formas únicas. Cada historia, cada vínculo, cada ausencia deja una huella distinta.
Hablarlo, nombrarlo y darle un lugar en la sociedad es también una forma de honrar esas vidas breves, pero significativas.

Encendamos una luz, simbólicamente o en nuestro corazón, para recordar y acompañar. 💫
Porque cada vida y cada madre, padre o familia que atraviesa esta experiencia, merece ser escuchada y sostenida.

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolvió, por mayoría, respaldar legalmente un tratamiento de gestación por sus...
25/09/2025

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolvió, por mayoría, respaldar legalmente un tratamiento de gestación por sustitución (subrogación de vientre) solicitado por una pareja de la provincia. Además, de confirmarse el criterio del máximo tribunal por la nueva sala que tendrá a cargo el nuevo fallo, el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (Iapos) –la obra social de los empleados públicos– deberá hacer frente a los gastos que requiera el procedimiento

Se trata de una sentencia firmada el 23 de septiembre a raíz de un recurso de inconstitucionalidad impulsado por la pareja. El caso ahora deberá ser analizado por otro tribunal. De todos modos, las hipotéticas apelaciones de la obra social pueden terminar en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
la Corte subrayó que “el derecho humano a la salud abarca el derecho a la salud sexual y reproductiva”. Pese a ello, la mayoría de la Cámara juzgó que no existía afectación del derecho a la salud en el caso.

En relación al derecho humano a la salud, los ministros de la Corte aseguraron que existe una íntima relación entre el derecho a constituir una familia y el acceso a las técnicas de fecundación asistida, “pues si los miembros de la pareja estéril no tienen posibilidad que su sistema de cobertura de salud les proporcione el acceso a la técnica de fecundación asistida, la paternidad y la maternidad quedaría reservada en tales supuestos a quienes cuentan con los medios económicos y sociales que les permiten costear los tratamientos, lo que constituye una limitación al derecho a la vida familiar y a la procreación en razón de las condiciones económicas, que resulta arbitraria y, por lo tanto, jurídicamente inaceptable”.

“No resulta suficiente para denegar la cobertura el hecho de que la gestación por sustitución no haya sido específicamente legislada, si el derecho al tratamiento de alta complejidad surge de las leyes antes mencionadas y de normativas constitucionales de rango superior.


La Justicia de la provincia de Córdoba resolvió que el bebé prematuro, nacido en noviembre de 2024 por gestación subroga...
20/09/2025

La Justicia de la provincia de Córdoba resolvió que el bebé prematuro, nacido en noviembre de 2024 por gestación subrogada, y no reconocido por su madre francesa, podrá finalmente ser adoptado.

Este es el primer caso en el país de un recién nacido, por vientre subrogado, que fue abandonado, por lo cual intervino la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf) que solicitó por entonces a que la Justicia lo declarase en adoptabilidad, con el objetivo de garantizarle un hogar definitivo. Temporalmente había sido entregado a una familia de guarda.

Meses después, la jueza de Gestión Asociada de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género, Mariana Pascual resolvió que el menor se encuentra “en situación de adoptabilidad”, tras considerar que su abandono constituyó “una vulneración directa a la dignidad humana”, según consta en una reciente resolución judicial.

En palabras de la magistrada ”la vida no es un producto y un niño no es un objeto que debe cumplir ciertas expectativas". Y agregó: “Cosificar a un niño es negar su humanidad desde el inicio, es verlo como el resultado de una inversión económica, como un bien que debe satisfacer al cliente. Cada niño, sin importar cómo ha sido concebido, merece respeto, cuidado y amor"

La resolución también advierte que la gestación por sustitución, aunque no está expresamente mencionada ni regulada en la legislación argentina, responde a derechos fundamentales como el derecho a formar una familia y el acceso a los beneficios de la ciencia, según los artículos 17 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 15 y 17 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

De lectura obligatoria ... 👏👏👏Células madre, Derecho y Bioética – P. Martín Labombarda.Desde mi humilde opinion libro cl...
06/09/2025

De lectura obligatoria ... 👏👏👏

Células madre, Derecho y Bioética – P. Martín Labombarda.

Desde mi humilde opinion libro clave para comprender los dilemas éticos y jurídicos de la reproducción asistida y el uso de células madre en la medicina actual.

Material de consulta indispensable para abogados, médicos, bioeticistas y todos aquellos interesados en comprender los desafíos actuales de la ciencia y el derecho en materia de salud reproductiva.

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03/09/2025

📌 Ahora también brindamos información y acompañamiento en amparos de salud en general.

👉 ¿Qué significa?
Que además de los casos vinculados a tratamientos de fertilidad, podés encontrar en nuestro espacio:

Actualidad jurídica en derecho a la salud.

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Estrategias legales frente a negativas de obras sociales y prepagas.

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Un año mas confirmando que elegir la abogacía fue la decisión correcta, y anhelando que esta profesión continúe siendo u...
29/08/2025

Un año mas confirmando que elegir la abogacía fue la decisión correcta, y anhelando que esta profesión continúe siendo un medio para alivianar la carga de quienes nos necesitan...

Honremos esta hermosa profesión

Feliz dia colegas!

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