Ωrus Asesoría Jurídica, Política y de Gestión.

Ωrus Asesoría Jurídica, Política y de Gestión. Equipo técnico jurídico y de asesoramiento político administrativo.

20/08/2025

Metas 🧙🌿

11/08/2025

Crear un buen clima laboral no es un lujo ni un detalle bonito, es una necesidad urgente si una empresa quiere crecer, atraer talento, evitar la rotación y aumentar su productividad, porque cuando las personas se sienten escuchadas, valoradas y motivadas, simplemente rinden mejor, se enferman menos, dan más ideas, resuelven más problemas y se quedan más tiempo en su trabajo con una actitud positiva que contagia a todo el equipo 💼✨ por eso las empresas inteligentes ya entendieron que no basta con ofrecer un buen sueldo o pedir resultados, también es necesario construir un entorno emocionalmente saludable donde se respire confianza, respeto, justicia y liderazgo auténtico 💪🏽👥 y para lograrlo existen 9 reglas de oro que todo líder debe aplicar si quiere que su gente dé lo mejor de sí sin que se lo pidan a gritos: 1️⃣ Comunicación abierta y constante, porque el silencio solo crea rumores y malentendidos, 2️⃣ Igualdad de trato, donde todos tengan voz sin importar su cargo, 3️⃣ Relaciones sanas que construyan puentes en vez de muros, 4️⃣ Motivación genuina para que el trabajo tenga un sentido más allá del salario, 5️⃣ Flexibilidad horaria que permita equilibrar vida y trabajo sin culpa, 6️⃣ Buena remuneración que valore el tiempo, la energía y la experiencia, 7️⃣ Reconocimiento sincero que celebre logros sin favoritismos, 8️⃣ Liderazgo que guíe con el ejemplo y no con el miedo, y 9️⃣ Confianza, porque sin confianza no hay equipo que funcione, no importa cuántos talentos tenga 🙌🏽🏢 si un lugar de trabajo cumple con estas reglas, la gente no solo va a querer trabajar ahí, va a recomendarlo, a defenderlo y a crecer junto con él porque sabrá que su bienestar también es prioridad y eso, hoy más que nunca, es lo que marca la diferencia entre una empresa que simplemente existe y otra que trasciende ❤️‍🔥🧠

11/08/2025

[ para objetivos de investigación]❤✍️✅

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11/08/2025

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11/08/2025

Desglose y Resumen de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0849/2025-S1
1. Antecedentes y Hechos Relevantes
- Acción de Libertad: Impuesta por Edgar Yanarico Orihuela (representante sin mandato de Grisel Denys contra la Jueza Jenny Liseth y el Secretario Renzo
- Motivo: Retardo injustificado en la remisión de un recurso de apelación incidental interpuesto contra el rechazo de una solicitud de suspensión condicional de la pena en un proceso por robo agravado.
- Plazo Incumplido: El recurso debía remitirse al Tribunal de alzada en 24 horas (art. 405 del CPP), pero demoró más de dos meses (desde el 30/11/2022 hasta el 01/02/2023).
2. Derechos Vulnerados
- Libertad personal (art. 22 CPE): Por la prolongación indebida de la detención preventiva.
- Debido proceso (art. 23 CPE, art. 7.5 CADH): Específicamente, el principio de celeridad procesal, al no remitirse el recurso en el plazo legal.
3. Ratio Decidendi
- Acción de Libertad Traslativa o de Pronto Despacho: Procede cuando hay dilación indebida en trámites judiciales que afectan la libertad (SCP 0670/2022-S1).
- Plazo para remisión de apelaciones incidentales: 24 horas (art. 405 CPP), con flexibilidad excepcional a 3 días si hay justificación razonable (SCP 2149/2013).
- Omisión del plazo: Configura vulneración al debido proceso y justifica la tutela constitucional.
- Legitimación Pasiva Flexible: Aplica incluso si la acción se dirige contra autoridades no directamente responsables (ej.: Secretario del Juzgado), siempre que exista una vulneración flagrante (SCP 0038/2018-S2).
- Acción de Libertad Innovativa: Concede tutela aunque el acto lesivo haya cesado (remisión tardía del expediente), para evitar repetición de conductas ilegales (SCP 2491/2012).
4. Criterios Jurisprudenciales Destacados
1. Dilación Procesal: La demora injustificada en remitir recursos viola el derecho a la libertad y al debido proceso (SCP 0281/2012).
2. Responsabilidad de Funcionarios: Incluye a jueces y secretarios por incumplimiento de plazos (SCP 2149/2013).
3. Flexibilización de Plazos: Solo admite 3 días como máximo para remisión de recursos, previa justificación (SCP 1907/2012).
4. Tutela Innovativa: Procede para sancionar actos ilegales consumados y prevenir futuras violaciones (SCP 0141/2018-S2).
5. Aplicabilidad Práctica
- Casos y Delitos donde Aplicar esta Sentencia:
- Procesos penales con detención preventiva: Cuando haya retraso en resolver recursos (apelaciones, incidentes, medidas cautelares).
- Delitos graves: Robo agravado, narcotráfico, violencia de género (donde la libertad está en riesgo).
- Vulneración de celeridad: En cualquier etapa del proceso penal (ej.: audiencias suspendidas sin causa, demora en notificaciones).
- Estrategias Defensivas:
- Exigir remisión inmediata de recursos bajo el plazo de 24 horas (art. 405 CPP).
- Impugnar resoluciones que prolonguen la detención sin justificación.
- Usar la acción de libertad innovativa para reparar daños por dilaciones pasadas.
6. Conclusión del Tribunal
- Revoca la resolución que denegó la tutela.
- Concede la acción de libertad en vía innovativa, al haberse remediado la demora pero declarando la vulneración.
- Exhorta a las juezas y secretarios a cumplir con los plazos procesales.
Resumen
Esta sentencia sienta precedente para:
1. Exigir celeridad en trámites judiciales que afectan la libertad.
2. Ampliar la legitimación pasiva a funcionarios secundarios (secretarios).
3. Validar la tutela innovativa incluso después de solucionado el acto lesivo.
4. Aplicarse en casos similares donde la demora procesal agrave la privación de libertad.
Base Legal clave: Arts. 22, 23 CPE; arts. 403–405 CPP; jurisprudencia sobre acción de libertad traslativa e innovativa.
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07/08/2025

Desglose y Resumen de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0647/2025-S4
1. Antecedentes del Caso
- Acción Legal: Acción de Amparo Constitucional interpuesta por Nancy contra autoridades originarias de la comunidad Malicu Villa Mar (Potosí).
- Hechos Relevantes:
- Nancy administraba un hospedaje ("Hostal Quechua") en terrenos adquiridos en 2016.
- Sufrió restricciones arbitrarias de servicios básicos (luz y agua) por parte de las autoridades comunales tras separarse de su pareja, Jacobo.
- En 2023, las autoridades emitieron la Resolución 03/23, ordenando el cierre temporal del hospedaje bajo el argumento de "solucionar conflictos familiares", pese a que Nancy contaba con medidas de protección por violencia doméstica.
- La Jueza de garantías denegó inicialmente la tutela, pero el Tribunal Constitucional la revocó.
2. Derechos y Garantías Vulnerados
- Derecho al trabajo (Art. 46 CPE): Clausura arbitraria del hospedaje, afectando su sustento económico.
- Debido proceso (Art. 115 CPE): La Resolución 03/23 se emitió sin audiencia previa ni defensa técnica.
- Protección reforzada a mujeres y menores (Arts. 60, 61, 402 CPE y Art. 5 LDJ): Se ignoró su condición de víctima de violencia y madre de menores.
- Propiedad agraria (Art. 393 CPE): Se cuestionó su tenencia del terreno pese a cumplir función social con el hospedaje.
- Acceso a la justicia (Art. 25 CADH): Las autoridades comunales excedieron sus competencias al interferir en un caso penal ordinario.
3. Ratio Decidendi
El Tribunal Constitucional determinó que:
1. Las autoridades originarias cometieron una "medida de hecho" al emitir la Resolución 03/23 sin competencia ni debido proceso, violando derechos fundamentales.
2. La jurisdicción indígena (JIOC) tiene límites: No puede vulnerar derechos constitucionales, especialmente de grupos vulnerables (mujeres y menores).
3. El trabajo es fuente de propiedad agraria: Nancy acreditó posesión mediante el funcionamiento del hospedaje, protegido por la CPE.
4. Protección reforzada: Las autoridades deben priorizar derechos de víctimas de violencia, sin imponer sanciones que agraven su situación.
4. Precedente Aplicable a Futuros Casos
Esta sentencia sirve como jurisprudencia clave para:
- Casos de violencia de género en comunidades indígenas: Cuando autoridades comunales interfieran en procesos penales ordinarios o impongan sanciones discriminatorias.
- Conflictos por propiedad agraria: Para defender derechos posesorios basados en trabajo y función social, incluso sin título formal.
- Medidas de hecho: Contra actos arbitrarios de autoridades (ej. cierre de negocios, restricción de servicios básicos) sin sustento legal.
- Coordinación entre jurisdicciones: Cuando la JIOC exceda sus límites y vulnere derechos constitucionales.
5. Dispositivo del Fallo
El Tribunal ordenó:
1. Dejar sin efecto la Resolución 03/23 y restablecer el funcionamiento del hospedaje.
2. Prohibir vías de hecho contra Nancy y garantizar su seguridad.
3. Derivar controversias a la justicia ordinaria o JIOC, respetando el debido proceso.
Conclusión
Esta sentencia refuerza:
- La primacía de los derechos fundamentales sobre usos y costumbres.
- La protección especial a mujeres y menores en contextos de violencia.
- La flexibilización de requisitos para acreditar propiedad agraria mediante trabajo.
Utilidad práctica: Ideal para defensa en casos similares donde autoridades comunales o particulares ejecuten actos arbitrarios bajo apariencia de "autonomía jurisdiccional".
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04/08/2025

Desglose y Resumen de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0395/2025-S3
1. Antecedentes
- Acción interpuesta: Acción de libertad presentada por Oscar(representante sin mandato de Carla contra Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.
- Proceso subyacente: carla fue imputada por el delito de estelionato (art. 337 del Código Penal) por suscribir un contrato de anticresis con gravámenes ocultos. Se le impusieron medidas cautelares sustitutivas (arraigo nacional y fianza de Bs1000).
- Recurso impugnado: Auto de Vista 274/2022, que declaró improcedente su apelación contra las medidas cautelares, sin fundamentar adecuadamente la subsunción de su conducta al tipo penal de estelionato.
2. Derechos y Garantías Vulnerados
- Derecho al debido proceso (art. 115.II CPE, art. 8 DUDH, art. 8.2 CADH, art. 14.5 PIDCP):
- Falta de motivación y fundamentación: El tribunal de apelación no explicó cómo la conducta de la accionante encajaba en el delito de estelionato, limitándose a citar resoluciones anteriores sin análisis específico.
- Congruencia procesal: No resolvió los agravios planteados en la apelación (falta de análisis de los verbos rectores del tipo penal).
- Derecho a la libertad (art. 23 CPE): Las medidas cautelares se impusieron sin justificación suficiente, afectando su libertad física.
3. Ratio Decidendi
- Fundamento central:
"Los tribunales de alzada están obligados a fundamentar y motivar sus resoluciones, especialmente en medidas cautelares, explicando cómo la conducta del imputado se subsume al tipo penal y demostrando la concurrencia de los presupuestos legales (riesgo de fuga u obstaculización). No basta invocar precedentes sin análisis específico."
- Normas aplicables: Arts. 233, 236, y 398 del CPP (fundamentación de medidas cautelares y límites de la apelación).
- Jurisprudencia clave: SCP 0037/2012, SC 0089/2010-R, SC 0012/2006-R (exigencia de motivación en medidas restrictivas de libertad).
4. Resolución del Tribunal Constitucional
- Confirmó la Resolución 004/2022 del Juez de garantías, que concedió la tutela por vulneración del debido proceso.
- Ordenó al tribunal de apelación:
- Realizar una nueva audiencia de apelación incidental.
- Fundamentar expresamente cómo la conducta de la accionante cumple los elementos del estelionato (verbos rectores del art. 337 CP).
- Declarar la nulidad del Auto de Vista 274/2022 por arbitrariedad.
5. Aplicabilidad Práctica
- Casos similares donde sirve este precedente:
1. Imposición de medidas cautelares sin motivación: Cuando se apliquen arraigos, fianzas o detenciones preventivas sin explicar los presupuestos legales (art. 233 CPP).
2. Delitos complejos como estelionato: Para exigir que los tribunales analicen los verbos rectores del tipo penal (ej.: engaño, intención de lucro).
3. Recursos de apelación en medidas cautelares: Para impugnar resoluciones que omitan responder a los agravios planteados.
4. Vulneración del debido proceso: En casos donde no se evalúe la congruencia entre hechos, normas y decisión judicial.
6. Observaciones Clave
- Para abogados defensores:
- Exigir siempre la fundamentación específica de cómo la conducta del imputado se ajusta al tipo penal.
- Cuestionar resoluciones que citen precedentes sin análisis caso concreto.
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