
24/01/2022
Enfermedades de Salud Mental dejan de ser preexistencias en las isapres
Ayer entró en vigencia la normativa de la Superintendencia de Salud que impide a las isapres considerar los problemas de Salud Mental como preexistencias. De esta manera, las aseguradoras privadas deberán eliminar las preguntas de la Declaración de Salud relacionadas a enfermedades mentales o discapacidades psíquicas o intelectuales de sus potenciales afiliados.
Las isapres no pueden consultar ni exigir a los potenciales afiliados la declaración de enfermedades mentales o discapacidades psíquicas o intelectuales propias o de sus beneficiarios, como tampoco pedir antecedentes clínicos o realizar entrevistas que revelen esos diagnósticos”, indica la circular N°396 de la Superintendencia de Salud.
Además, en el documento se precisa que a contar del 1 de marzo de 2022, las Isapres “no podrán comercializar planes de salud que restrinjan la cobertura para las prestaciones de salud relacionadas con enfermedades mentales, discapacidades psíquicas o salud mental”, por lo cual deberán brindar una cobertura igual a la que se entrega para prestaciones de salud físicas.
Con esta medida la Superintendencia de Salud reconoce lo que se dictó en la ley 21.331, que apunta a eliminar todo tipo de discriminación en materia de salud mental.
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