07/10/2024
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Bogotá
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La Salud en Colombia ha sufrido una transformación que ha permitido que nuevas instituciones de carácter privado lleguen a formar parte de la red prestadora de servicios de salud a la comunidad en general, sobre todo a aquellas a las que antes no se tenía acceso. La Ley 100 de 1.993 y todas las modificaciones existentes ofrece un gran cambio, teniendo el valioso aporte de sus principios como calidad, eficiencia, eficacia, solidaridad, etc., y nos introduce a un reto para competir sanamente con las instituciones públicas de salud que traen arraigado el viejo modelo del Sistema Nacional de Salud en Colombia con todos sus vicios y errores. Es importante enfatizar que esta Empresa no se ha creado para agredir a otras instituciones prestadoras de servicio de salud pública o privadas si no para dar respuesta a la creciente demanda de servicios que comporten los principios de la Ley antes mencionada. Su razón social es MEDICAS #1 IPS SAS. Esta Empresa pretende hacer hincapié y fuerza en el usuario y en el talento humano como elementos básicos de su razón de ser, siendo una empresa familiar creada en el año 2016, con dos años de arduas adecuaciones, buscamos ingresar a la salud en Colombia con nuestros servicios, abriéndonos así a este mercado con dinamismo y con esperanza de entregar una asistencia eficiente, segura, solidaria, humanizada, que ofrezca un interesante aporte al desarrollo y sana convivencia, cumpliendo con los requerimientos de la Secretaria de Salud legislación en calidad decreto 2003 del 2014. Las disposiciones legales organizadas por la Reforma Constitucional de 1.991 permitirán sin lugar a dudas, que Colombia cumpla la meta mundial de salud. La Carta política de 1991, define un nuevo ordenamiento jurídico, constitucional y social del país y establece la seguridad social en salud como un derecho irrenunciable del individuo; un servicio público obligatorio dirigido por el estado, bajo los principio de universalidad, solidaridad, eficiencia, integridad, unidad y participación y un deber de todo ciudadano para mantener su estado de salud. La Ley 100 de 1.993 establece el Sistema De Seguridad Social Integral, constituido por los sistemas generales de: Pensiones, Seguridad social en salud, Riesgos profesionales, y servicios sociales complementarios. Tiene por objeto lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad, proporcionando protección ante los riesgos que menoscaban la salud y la capacidad económica de los habitantes del territorio nacional. El Decreto 1011 de 2006, por el cual se define el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la atención de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud es un puente entre el compromiso del cuerpo directivo y los empleados, compromete a la organización a poner en práctica un sistema de calidad.