
01/10/2025
Ocho condenados por blanqueo imprudente
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia condenó recientemente a ocho personas a seis meses de prisión y una multa de 50.000 € cada una, por delitos de blanqueo de capitales cometidos por imprudencia grave. El Derecho Los condenados admitieron haber recibido dinero ilícito y, tras transferirlo o conservarlo, no justificaron su origen.
Sentencia e implicaciones legales
El tribunal, que dictó la sentencia tras un acuerdo de conformidad con la Fiscalía, consideró acreditado que los acusados incurrieron en un manejo negligente de fondos de origen ilícito. Además de la pena de prisión y multas, cada persona fue condenada al pago de las costas del proceso. Este caso refuerza la idea de que el blanqueo de capitales puede perseguirse incluso en supuestos de imprudencia, no solo de dolo.
Relevancia para empresas y manuales internos
Este fallo a los ocho condenados por blanqueo imprudente subraya que el uso de un manual de blanqueo capitales no basta por sí solo: las organizaciones deben garantizar que no existan lagunas operativas ni descuidos en el control de actividades financieras. Si las empresas no aplican con rigor los controles previstos, pueden verse expuestas a sanciones penales incluso si alegan ignorancia.
De hecho, la normativa española —Ley 10/2010 y su desarrollo— exige que los sujetos obligados adopten medidas de diligencia debida, establezcan procedimientos de control, formación continua y mecanismos internos de alerta. Abogados Legalitas Cuando esos mecanismos fallan, no hay excusa válida ante los tribunales.
Buenas prácticas para evitar condenas
Para reducir riesgos, las entidades deben:
Elaborar un manual de blanqueo capitales adaptado y actualizado.
Realizar auditorías internas periódicas y pruebas de estrés de los controles.
Capacitar a los empleados para detectar transferencias sospechosas.
Documentar exhaustivamente cualquier operación atípica e investigar su origen.
Reportar al SEPBLAC cuando haya indicios fundados.