18/12/2019
¿Cuáles son las diferencias principales entre un INFORME CLÍNICO y un INFORME FORENSE?
En el informe psicológico clínico se pretende una intención evaluativa definida por objetivos terapéuticos, la persona acude a terapia por voluntad propia, normalmente siendo sincero.
La terapia está sumida en un secreto profesional cuyo destinatario es solamente el paciente. Contiene además un tratamiento dirigido por el mismo terapeuta y su ámbito de evaluación es global.
Por lo tanto, en el informe clínico, sólo tenemos el discurso del sujeto donde no tenemos por qué dudar de su veracidad.
Por el contrario, en el informe psicológico forense la orientación de la evaluación no está dictaminada por dichos parámetros, sino orientada a informar de forma rigurosa y precisa del estado psicológico de un sujeto dentro del contexto judicial, con pruebas estandarizadas y validadas dentro del ámbito forense creadas para ese fin, donde nosotros los peritos, nos apoyamos en sus resultados para la realización del informe pericial, siendo estos datos, objetivos y rigurosos, con alto grado de fiabilidad y validez.
La persona puede acudir de forma voluntaria, o por el contrario, obligado por una orden judicial, por lo tanto puede haber riesgo de simulación o disimulación.
El ámbito de evaluación es el solicitado en el objeto de la pericia y el informe debe ser estructurado, con conclusiones que contesten a la demanda legal.
Por ende, es importante saber y distinguir, cuando se solicita una evaluación psicológica, que no es lo mismo un informe clínico, ni tiene el mismo alcance ni validez judicial que un informe forense, creado específicamente tras una demanda judicial para evaluar a una persona y apoyar en los datos arrojados por los test su defensa.
Actualmente, para realizar un informe psicológico pericial, es vital poseer la especialización en Psicología Forense, por lo que no cualquier profesional de la salud puede realizar este tipo de informe, y por ello, no cualquier informe tiene la validez deseada ante un tribunal.