Garriz Asesores

Garriz Asesores Gestoria Administrativa. Gestión Integral de empresas y autónomos. Asesor Fiscal. Abogado

GESTIÓN INTEGRAL DE EMPRESAS Y AUTÓNOMOS
Obligaciones tributarias, laborales y contables
Constitución de sociedades
Trámites inicio actividad
Asesoramiento legal
Adecuación LOPD

ASISTENCIA JURÍDICA Y FISCAL A PARTICULARES
Redacción de contratos, recursos y otros escritos
Compraventa y arrendamiento de vivienda
Derecho de familia
Declaración IRPF
Liquidación de impuestos: sucesiones y donaciones,

transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, ...

ASESORÍA FISCAL
ADMINISTRACIÓN DE FINCAS
SEGUROS

03/10/2024
02/04/2019

📣 ¡¡No aceptes tu borrador de la Renta 2018!!

Los gestores administrativos 👥 recomiendan revisar el borrador de la Renta antes de aceptar para evitar errores y perder dinero. 📲💻

NdP ➡️ https://web.gestoresmadrid.org/?p=2536

19/03/2018

RENTA 2017

Se mantiene la misma regulación que el año anterior en cuanto a los obligados a presentar la declaración de la Renta. En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe igual o inferior a 22.000 euros anuales.

El límite para no declarar se reduce a 12.000 euros si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones) y también cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas, cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención.

Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos:

- Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.
- Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios, otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros

No obstante, aunque no resulten obligados a declarar, todos los contribuyentes que ejerciten el derecho a aplicarse determinadas reducciones o deducciones o a recibir una devolución tienen que confirmar el borrador o presentar la declaración y están obligados a declarar en todo caso los contribuyentes que perciban cualquier otro tipo de rentas distintas de las descritas o que superen los importes máximos indicados.

¿No tienes claro si estás obligad@a presentar este año la declaración de la Renta? Consulta con tu gestor administrativo y sal de dudas con todas las garantías.

06/03/2018

Dirección

Eusebio Guadalix, 33
Miraflores De La Sierra
28792

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Garriz Asesores publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Compartir