11/04/2026
nfoque centrado en los y las atletas
Las FI y los ORD deben adoptar medidas afirmativas para educar a sus miembros y mitigar los daños previsibles.
Entre otras acciones, las FI y los ORD deben velar por lo siguiente:
• Garantizar que se respeten la dignidad humana, el bienestar físico y psicológico, la salud y la seguridad del/de
la atleta, así como su derecho a la privacidad y a la confidencialidad.
• Educar a los y las atletas, entrenadores, directivos y demás miembros de su entorno, haciendo hincapié en que
la integridad competitiva en el deporte femenino requiere criterios de elegibilidad que garanticen la igualdad
de condiciones, en consonancia con el desarrollo sexual femenino y la anatomía y fisiología femeninas. Dicha
educación también debe incidir en la responsabilidad de los entrenadores, directivos y miembros del entorno
de apoyar la autonomía, la privacidad y el bienestar del/de la atleta, y de abstenerse de compartir información
fuera de los canales autorizados.
• Garantizar la plena transparencia del proceso (en qué consiste la evaluación, cómo funciona, qué mide, cómo
interpretar los resultados, quiénes participan, cómo se comparte la información y las implicaciones de los
distintos resultados).• Establecer mecanismos internos que ofrezcan a los y las atletas y a otras partes afectadas vías accesibles,
legítimas, seguras y predecibles para obtener información sobre el proceso y las normas, incluidos
procedimientos claros para plantear inquietudes, solicitar apoyo en materia de protección o denunciar
conductas inapropiadas o violaciones de la confidencialidad sin temor a represalias.
• Fomentar la realización de pruebas de determinación del s**o biológico en una fase temprana de la carrera
deportiva (por ejemplo, al mismo tiempo que la participación del/de la atleta en competiciones
internacionales bajo la jurisdicción de la FI pertinente de modo que los y las atletas y su entorno puedan tomar
decisiones informadas sobre su participación en la Categoría Femenina.
https://contraelborradodelasmujeres.org/wp-content/uploads/2026/04/Politica_COI_Categoria_Femenina_ES.pdf