11/12/2018
NOVEDADES CONVOCATORIA SEXENIOS 2018
La principal novedad de la convocatoria de 2018 de sexenios de investigación es la creación del Tramo de Transferencia del Conocimiento y la Innovación que viene a sustituir al campo 0 de Transferencia de Conocimiento.
Las principales características de este nuevo tramo son:
Se trata de una evaluación de carácter experimental en esta convocatoria de 2018. Por ello, en caso de denegación, no existe penalización de 3 años, como ocurre con el tramo de Investigación.
Los solicitantes deben tener un tramo de investigación reconocido en cualquiera de los Campos de los sexenios de investigación.
Este proceso de evaluación “es complementario al tramo de investigación resuelto anualmente por la Comisión Nacional de la Evaluación de la Actividad Investigadora”, es decir, se podrá pedir simultáneamente tramo “normal” y tramo de transferencia, o solo el tramo de transferencia. En la convocatoria oficial se aclara que cada solicitante podrá pedir en esta convocatoria piloto un ÚNICO tramo de 6 años.
Al igual que en el sexenio de investigación se deberán presentar cinco aportaciones.
Con carácter orientador, se considera que para alcanzar una evaluación positiva se deberán presentar aportaciones de calidad contratada encuadradas en, al menos, dos de los apartados 1, 2, 3 y 4.
Los bloques en los que se divide este nuevo Tramo son:
BLOQUE 1.Transferencia a través de la formación de investigadores
En este apartado se incluirán actividades y proyectos que fomenten, por un lado, la formación de investigadores y, por el otro, la cultura emprendedora, a través de la creación de «start-up o spin-off».
Las aportaciones a considerar serán:
a) El número de personas contratadas a cargo de proyectos y contratos de I+D+I durante el periodo evaluado.
b) Tesis industriales y/o empresariales dirigidas.
c) Personas formadas en la cultura emprendedora: número de personas en «Startup e Spin-off» creadas en el periodo evaluado
BLOQUE 2. Transferencia de conocimiento propio a través de la actividad con otras instituciones.
En este apartado se incluye como mérito evaluable los periodos de excedencia/comisión servicios/servicios especiales en el periodo evaluado y pertenencia a comités de alta relevancia en el ámbito. Se hace referencia a las formas legales de los artículos 18 y 19 de la Ley de Ciencia 2011 como son la autorización para prestar servicios en sociedades mercantiles y ser Colaboradores científicos y tecnológicos. Asimismo, “se incluirá la actividad realizada por el profesor universitario con plaza asistencial de especialista en régimen de vinculación en instituciones sanitarias concertadas”. Igualmente, “podrán incluirse como aportaciones en este bloque, la pertenencia a comités de diversa naturaleza, y como criterios de calidad e impacto incluir la institución de que se trate y su ámbito (internacional o nacional, local,..), la duración, el tipo de cuestiones que se realizaron durante el periodo, etc.”
BLOQUE 3. Transferencia generadora de valor económico
Las aportaciones a considerar serán:
a) Facturación por royalties. Se tendrán en cuenta las patentes, modelos de utilidad, registros de software, variedades vegetales y cualquier otro conocimiento registrado en explotación. En algunas áreas, la relevancia de las aportaciones podrá venir determinada no tanto por la facturación en sí sino por la relevancia y el impacto social que tiene dicha transferencia.
b) Participación en contratos y proyectos con empresas y otras instituciones. Participación en contratos o convenios de investigación con empresas, entidades y administraciones públicas que revierten fondos en la Universidad o centros de investigación contratados mediante los sistemas habituales de regulación (en el caso de la Universidad artículo 83). La participación en proyectos con empresas, entidades y administraciones públicas concedidos mediante convocatorias competitivas podría constituir una evidencia de efectividad o impacto
c) Socio de «spin-offs» activas. Se pretende valorar la iniciativa empresarial de los investigadores, teniendo en cuenta no solo la creación sino el funcionamiento y los niveles de facturación.
d) Número de patentes (y otro conocimiento registrado) en titularidad o cotitularidad y tipo.
BLOQUE 4. Transferencia generadora de valor social.
En este apartado se incluyen las siguientes aportaciones:
a) Participación en convenios y/o contratos con entidades sin ánimo de lucro o administraciones públicas para actividades con especial valor social. Se tendrá en cuenta el tipo de participación en el contrato/convenio de la persona solicitante (investigador principal, investigador en formación), su duración, los indicios de calidad de la transferencia realizada, los resultados del proyecto y el impacto social del mismo.
b) Publicaciones de difusión (libros, capítulos de libros o artículos), actividades de difusión de la investigación en medios de comunicación audiovisual, difusión profesional. Para el caso de los libros, capítulos de libros y artículos, la persona solicitante tendrá que indicar la editorial de la publicación o revista, autoría, número de páginas, número de ejemplares vendidos, los indicios de calidad del medio y los indicios de calidad de la publicación. Como indicio de calidad se deberá aportar la inclusión de la aportación en repositorios acreditados.
c)En este apartado se incluye también la difusión profesional: elaboración de informes para agentes sociales, protocolos, guías clínicas, códigos de práctica, productos creativos o culturales, traducciones, la participación en la elaboración de leyes y reglamentos.