11/01/2026
🫁 1. Daño pulmonar directo y enfermedades respiratorias
Lesión pulmonar grave (EVALI)
• El uso de ci*******os electrónicos se ha asociado con EVALI (lesión pulmonar asociada al vapeo), una condición grave que puede causar dificultad respiratoria severa, inflamación, fiebre, dolor torácico y puede ser potencialmente mortal. 
Enfisema, EPOC, asma y bronquitis
• El aerosol que se inhala contiene toxinas como aldehídos (formaldehído, acroleína) y partículas ultrafinas que irritan y dañan el tejido pulmonar, favoreciendo inflamación, tos persistente, bronquitis y aumentando el riesgo de asma y Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC). 
Inflamación y alteración de defensas pulmonares
• Estudios muestran que el v***r puede alterar la respuesta inmunológica de las vías respiratorias, reduciendo la capacidad de luchar contra infecciones bacterianas y virales. 
❤️🔥 2. Efectos cardiovasculares y otros daños sistémicos
Aumento de riesgos cardiovasculares
• Aunque los efectos a largo plazo aún se investigan, hay evidencia de que el vapeo puede aumentar la frecuencia cardíaca y la presión arterial, contribuir al estrés oxidativo y a disfunción endotelial (daño en vasos sanguíneos). 
Nicotina y adicción
• La mayoría de los ci*******os electrónicos contienen nicotina, altamente adictiva, que puede causar dependencia e influir negativamente en el desarrollo cardiovascular y neurológico, especialmente en jóvenes. 
COMUNICADO
SOBRE CI*******OS ELECTRÓNICOS
El Ministerio de Salud del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, cumpliendo con las orientaciones de la Presidencia de la República de Nicaragua y en base a la Ley General de Salud y Leyes complementarias que regulan y obligan a controlar todas las acciones u omisiones que puedan dañar la salud de las familias nicaragüenses, comunica que:
1. En fecha veintiocho de Junio del año dos mil veintiuno, se emitió la Resolución Ministerial No. 334-2021, la cual “prohíbe a todas las personas Naturales y Jurídicas, públicas o privadas, la fabricación, exportación e importación, promoción, publicidad, almacenamiento, distribución, comercialización, y uso de los sistemas electrónicos de administración de nicotina, ci*******os electrónicos, v***rizadores u otros dispositivos similares con o sin nicotina a nivel nacional”, ya que causan grave daño a la salud y pueden desarrollar cáncer debido a su contenido de nicotina y otras sustancias tóxicas.
2. El Ministerio de Salud, ratifica la Resolución Ministerial No. 334-2021 recordando su estricto cumplimiento; en caso contrario, serán aplicadas las sanciones que correspondan de conformidad a lo establecido en la ley que regula dicha materia.
3. Solicitamos a las Autoridades de las diferentes Instituciones de Gobierno, garanticen el debido cumplimiento de la Resolución en mención.
Dado en la Ciudad de Managua, el día dos de Enero del año dos mil veintiséis.