07/10/2024
TRABAJADORES QUE NO DESCANSEN ESTE FERIADO 8 DE OCTUBRE DEBEN RECIBIR MAYOR REMUNERACIÓN
Este martes 8 de octubre es feriado, en conmemoración al Combate de Angamos. Por ello, los trabajadores tienen derecho a g***r de un descanso remunerado, de acuerdo a lo señalado en el Decreto Legislativo Nº 713.
En ese extremo, les recordamos que, en caso el trabajador tenga que laborar porque así lo establece su horario o las necesidades de la empresa, el empleador deberá realizar la compensación en favor del trabajador: Puede compensar el día laborado en feriado por el descanso en otra fecha o compensar en dinero, por la labor efectuada más la sobretasa al 100%.
Si laboras de forma presencial o estás en teletrabajo, deberás percibir dos remuneraciones diarias adicionales, en tu remuneración mensual.
Por ejemplo, en el caso de que tu remuneración mensual sea de S/1,025, tu remuneración diaria es de S/34.17. Ello se deduce al hacer una división de tu sueldo entre 30 días (1,025/30).