Catapy

Catapy Organización gremial, basada en principios de ética,solidaridad y credibilidad,representando, gestionando,asesorando y capacitando a los agentes aduanales.

CATAPY es una organización defensora de derechos y obligaciones de los que ejercen la noble actividad de servicios como agente de transporte aduanero, comprometida a desarrollar las buenas prácticas que exigen las reglas de la responsabilidad profesional. CATAPY, promueve la especialización de los RRHH asociados al gremio, con el objetivo de acompañar las gestiones de las empresas que ocupan el nuevo escenario comercial con ideas innovadoras, ampliar la base
de datos de nuevos socios e intercambiar las relaciones humanas con empresarios y emprendedores que se dedican al rubro de servicios similares a nuestras áreas, acciones reflejadas en nuestra misión, visión y
valores de sólidos propósitos. MISIÓN: Ser una organización gremial, reconocida por el liderazgo de sus emprendimientos sobre la base de los principios éticos, solidarios y confiables en las gestiones de asesoramiento, además de crear conciencia sobre la capacitación de los colegas asociados, en la dimensión de la legítima defensa de sus derechos y la fortaleza de servir desde su sólido posicionamiento profesional. VISIÓN: Buscar los medios que optimicen la alta representatividad gremial, fomentando el constante desarrollo de los colegas en los niveles de la especialización y consolidar nuestra razón de existir como organización que aporta sus mejores afanes en busca de la consecución de sus objetivos con responsabilidad social. VA LORES: Ganar la confianza de nuestros asociados mediante una inteligente gestión administrativa que impulse la obtención de mejores beneficios en la perspectiva del crecimiento personal y la eficacia
profesional.

Que el espiritu navideño nos dé ese espiritu para seguir "dando mas que recibir", un abrazo enorme a cada uno!!!
24/12/2023

Que el espiritu navideño nos dé ese espiritu para seguir "dando mas que recibir", un abrazo enorme a cada uno!!!

CONFRATERNIZANDO ENTRE COLEGAS AGENTES DE TRANSPORTES E INVITADOS ESPECIALES EL DIA DE LA AMISTAD!!!
31/07/2023

CONFRATERNIZANDO ENTRE COLEGAS AGENTES DE TRANSPORTES E INVITADOS ESPECIALES EL DIA DE LA AMISTAD!!!

De suma interes para los colegas!!!
18/02/2022

De suma interes para los colegas!!!

Solamente en la UNION lograremos los objetivos, solicitamos la mayor adhesion de los  colegas y la compresion de todos l...
05/04/2021

Solamente en la UNION lograremos los objetivos, solicitamos la mayor adhesion de los colegas y la compresion de todos los afectados por esta medida, que VIVA LOS TRABAJADORES DEL PARAGUAY!!!

INFORMACION DE INTERES...
18/08/2020

INFORMACION DE INTERES...

IMAGENES DE UNA LUCHA QUE COMENZO EN FECHA 10/06/2020
04/08/2020

IMAGENES DE UNA LUCHA QUE COMENZO EN FECHA 10/06/2020

04/08/2020

CRONOLOGIA DE LA LUCHA POR DEFENDER LA C.N. Y LA LEY
Articulo 44 - DE LOS TRIBUTOS : Nadie estará obligado al pago de tributos ni a la prestación de servicios personales que no hayan sido establecidos por la ley. No se exigirán fianzas excesivas ni se impondrán multas desmedidas. (Constitución Nacional)
Hemos establecido una primera lucha para detener la ILEGALIDAD, del Decreto 741/18, y los abusos establecidos en la misma en el cobro exagerado y compulsivo de las tasas consulares en formato electrónico por medio del VUI, esa situación se observó en plena PANDEMIA- COVID-19
1)- Producto de un acuerdo en fecha 10 de junio del 2020, se firmó nota dirigida al Pte. de la Rca. Don Mario Abdo Benitez por los sgtes. Gremios: ASAMAR – Asociación de Agentes Marítimo del Paraguay, CNCSP- Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Paraguay, CAPATIT – Cámara Paraguaya de Transporte Internacional Terrestre, CIP – Centro Importadores del Paraguay y nuestro Gremio CATAPY – Centro de Agentes de transportes Aduaneros del Paraguay, usuarios del Comercio Exterior, solicitando la prorroga hasta fin de año para ser procesados por la plataforma VUI el pago de las tasas consulares.
2)- Nota del Director de Aduana Econ. Julio Fernández al Viceministro de la Subsecretaria de Estado de Economía del Ministerio de Hacienda Don Humberto Colman, indicando que es prudente prorrogar la vigencia del Decreto hasta el 31/12/2020 otorgando su parecer favorable a la ampliación de la vigencia.
3)- Se envió emisarios representantes a la Asesoría Jurídica de la Presidencia de la Rca., M. R. E. y M. H.
4)- Visto y considerando que no hubo repuesta a lo solicitado, agotado las instancias administrativas, la C. D. y asociados conjuntamente con los colegas de CATAPY, se decidió realizar manifestación no realizando ninguna apertura de registro, ni tránsito los días 30 y 31/07/2020. Llegando hasta cerrar las fronteras el día 30/07/20, logrando la adhesión de sindicatos de transportistas y la mayoría de los puertos de fronteras del país.
5)- El día 31/07/2020, se decidió levantar la manifestación, debido a que el Director de Aduana comunico que personalmente estaba haciendo los tramites de la firma del Decreto, y considerando la integridad de los adherentes de todos el país.
6)- El día Sabado 01/08/2020 a primera hora de la mañana se ha recibido el Decreto y puesta en la VUI de la tasa consular nuevamente en 2 jornales.
NUESTRA ACCION DERIVO A UNA PRORROGA FIRMADA POR EL PTE. DE LA RCA, PERO NUESTRO VERDADERO OBJETIVO ES QUE DEROGUE ESE DECRETO, POR SER ILEGAL Y ATENTAR CONTRA LA C.N., DEBIDO A QUE EXSITE DOS PAGOS DIFERENTES POR UN MISMO HECHO GENERADOR, INAPLICABLE SEGÚN LA C.N. (DOBLE TRIBUTO)- La LEY indica que a UN HECHO GENERADOR-UN SOLO IMPUESTO.
SE DEBE MODIFICAR LA LEY EN EL CONGRESO, por DECRETO es ILEGAL… OFRECEMOS NUESTROS ASESORES ADMINISTRATIVOS JURIDICOS FINANCIEROS EN FORMA GRATUITA, PARA COLABORAR CON EL GOBIERNO
NUESTRO GREMIO ESTA PARA COLABORAR EN LA CREACION DE LAS REGLAS LEGALES Y TRANSPARENTES QUE NECESITAMOS COMO OPERADORES DEL COMERCIO INTERNACIONAL

OBJETIVO LOGRADO!!!!
01/08/2020

OBJETIVO LOGRADO!!!!

Porque la manifestacion desde el 30/06/2020???...para ilustrar mejor que este decreto tiene IRREGULARIDADES, que van en ...
28/07/2020

Porque la manifestacion desde el 30/06/2020???...para ilustrar mejor que este decreto tiene IRREGULARIDADES, que van en contra de la misma Constitucion Nacional:
DE LA ORGANIZACIÓN FINANCIERA
Artículo 178 - DE LOS RECURSOS DEL ESTADO
Para el cumplimiento de sus fines, el Estado establece impuestos, tasas, contribuciones y demás recursos; explota por sí, o por medio de concesionarios los bienes de su dominio privado, sobre los cuales determina regalías, "royalties", compensaciones u otros derechos, en condiciones justas y convenientes para los intereses nacionales; organiza la explotación de los servicios públicos y percibe el canon de los derechos que se estatuyan; contrae empréstitos
internos o internacionales destinados a los programas nacionales de desarrollo; regula el
sistema financiero del país, y organiza, fija y compone el sistema monetario.
Artículo 179 - DE LA CREACIÓN DE TRIBUTOS
Todo tributo, cualquiera sea su naturaleza o denominación, será establecido exclusivamente
por la ley, respondiendo a principios económicos y sociales justos, así como a políticas favorables al desarrollo nacional.
Es también privativo de la ley determinar la materia imponible, los sujetos obligados y el
carácter del sistema tributario.
Artículo 180 - DE LA DOBLE IMPOSICION
No podrá ser objeto de doble imposición el mismo hecho generador de la obligación
tributaria. En las relaciones internacionales, el Estado podrá celebrar convenios que eviten la
doble imposición, sobre la base de la reciprocidad.
Artículo 181 - DE LA IGUALDAD DEL TRIBUTO
La igualdad es la base del tributo. Ningún impuesto tendrá carácter confiscatorio. Su creación
y su vigencia atenderán a la capacidad contributiva de los habitantes y a las condiciones
generales de la economía del país.
Aqui se puede observar que el decreto realiza dos tipos de tasas consulares por el mismo objeto, creando una desigualdad ante la LEY, ...evidentemente el creador del Decreto sabia perfectamente que esa formula de aumentar la tasa iba en contra del espiritu de la la LEY CONSULAR 4033 DEL 2010, por eso es que en el Art.4° del Decreto dispone: Lo dispuesto en el presente decreto NO ELIMINA, NI AFECTA, la opcion del usuario de continuar utilizando el sistema VIGENTE de legalizaciones y visaciones consulares
Esto va en contra del Art. 181 de la C.N (la igualdad es la base de los tributos).
La pregunta que una debe hacerse es cual es el origen de esta situacion creada? y encontramos que es el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES pide segun NOTA DM N° 252 /18 que se realice un procedimiento por medio de la ventanilla unica VUI, con ña cual estamos de acuerdo en su aplicación via VUI, pero no estamos de acuerdo en el costo establecido por el Decreto 741/2018, por considerarlo que va contra la Constitucion y la Ley, además de ser un sobrecosto a la Importacion que todos lo estamos pagando, justo en esta PANDEMIA!

25/07/2020
Acompañando a los colegas a una reunion de trabajo con el Director Nacional de Aduanas Econ. Don Julio Fernández, sobre ...
04/12/2019

Acompañando a los colegas a una reunion de trabajo con el Director Nacional de Aduanas Econ. Don Julio Fernández, sobre varios temas que atañan al ejercicio de la profesion del Agente de Transporte.

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Asunción
1509

Teléfono

+595 21 498 296

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