
22/09/2025
Causa Elena Quinteros
"los encausados Rudyard Raúl Scioscia Soba, Jorge Silveira Quesada y Rúben Atilio Sosa Tejera incurrieron en la presunta comisión de un delito de DESAPARICIÓN FORZADA, en calidad de coautores (arts. 3, 18, 54, 56, 60, 61 del Código Penal y art. 21 de la Ley 18026).Pues bien, en cuanto a la tipificación penal que
corresponde legalmente al caso de obrados, se dirá que los hechos en estudio ocurrieron en el año 1976, estando fuera de discusión que el tipo penal de desaparición forzada fue creado con posterioridad al momento de la desaparición de Elena Quinteros. No obstante ello, desde que los autores - a sabiendas del destino de la víctima - no han proporcionado información alguna de su paradero hasta el día de la fecha, el delito se sigue perpetrando. Así es pues que la desaparición forzada se ha configurado porque es innegable la permanencia del delito considerando los extremos señalados." CEDULÓN Nro. 1245/2025 - Agosto.
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