Defensa del trabajador

Defensa del trabajador Somos una asociación formada por abogados especializados en derecho laboral y defensa del consumidor.

Somos una asociación formada por abogados especializados en derecho laboral y defensa del consumidor, abocados al asesoramiento y defensa de quienes trabajan en relacion de dependencia, frente a situaciones de despido y accidentes de trabajo. Tambien contamos con un grupo especializado , abocado exclusivamente a temas de abusos en las relaciones de consumo. Nos diferenciamos de los estudios juridicos que captan un gran numero de clientes, ya que estos solo se encuentran enfocados en producir el dinero suficiente que les permita sostener su enorme estructura, con cientos de personas trabajando , especialmente abocadas a "captar" clientes de manera muchas veces ilegal. Si te despidieron y sospechas que no te pagaron lo que corresponde, trabajas o trabajaste en negro, fuiste víctima de discriminacion en tu trabajo o simplemente sufriste alguna enfermedad o accidente laboral, contactanos. Lo mas importante es que, al ser una asociacion y no una gran corporación, nuestros honorarios siempre serán menores. Y no caigas en la trampa de muchos abogados... si vos no obtenés algun resarcimiento por nuestro trabajo, nosotros no percibimos ningun tipo de retribución. Escribinos un mail, mensaje por whats app y nos contactaremos con vos!

21/12/2016

OBRAS SOCIALES

¿Sabías? Si tu contrato de trabajo termina y trabajaste durante más de 3 meses, conservás tu obra social durante 3 meses más. Es tu derecho. Lo establece la Ley 23.660. Si no se cumple, podés comunicarte con la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación al 0800-222-SALUD (72583).

Más información sobre ésta y otras leyes en lenguaje claro acá -> https://goo.gl/xBtqTK

21/12/2016

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21/12/2016

Entró en vigencia un paquete de reformas a la Ley de Contrato de Trabajo: una ley que declara que no...

29/10/2016

Diez cosas que tenes que saber si tuviste un accidente de trabajo.

1) El accidente laboral puede ocurrir en ocasión de trabajo o en el trayecto al mismo.

2) El empleador está obligado a denunciarlo ante la ART, aunque también podrá hacerlo el propio trabajador, sus herederos ó cualquier persona que haya tenido conocimiento del accidente de trabajo o enfermedad profesional”.

3) La ART te debe brindar atención médica y farmacéutica, rehabilitación, prótesis y ortopedia.

4) La ART debe informar sobre la recalificación profesional en caso que corresponda, por ejemplo, tareas livianas.

5) La ART está obligada a proporcionarte transporte en caso que corresponda según el tipo de accidente.

6) El trabajador debe seguir cobrando su sueldo normal y habitual estando de licencia médica.

7) Ante un incapacidad por más mínima que sea, al trabajador le corresponde una indemnización.

8) Tenés hasta 2 años para reclamar un accidente laboral, incluso si ya no estás trabajando en la empresa.

9) El reclamo es contra la ART y no contra el empleador, por ende no compromete tu relación laboral.

10) En caso de no tener ART, el empleador se debe hacer cargo de todos los gastos médicos incluso de la indemnización por incapacidad.

20/10/2016

Se modifica parcialmente la sentencia de grado y se hace lugar al resarcimiento del daño moral irrogado a la actora con fundamento en la Ley 23592, en tanto se consideró que el despido sin causa dispuesto 19 días después de haber iniciado una licencia médica por habérsele diagnosticado una cardiopat...

20/10/2016

¿En qué período pueden otorgarse las vacaciones a trabajadores encuadrados en la ley de contrato de trabajo? La época de otorgamiento del descanso anual es

14/10/2016

-SE  ACORDÓ  LA  PARITARIA  DE  COMERCIO    CON  UN  AUMENTO  ANUAL  DEL  39%- -La  negociación  semestral  cerró  con  una  suma  del  12% para  octubre,  y  7%  en  enero-   Fuente:  –www.lanacion.com.ar/1946523/- Publicado  el  13/10/2016.- ____________________________________________________ El…

14/10/2016

En cuanto a los trabajadores en relación de dependencia, se establecen los siguientes beneficios con respecto a la segunda cuota del SAC 2016, para

26/09/2016

Luego del aumento de 18% desde junio, el sueldo mínimo llegará hasta los $ 7030; en diciembre volverá a subir otro 15%

23/09/2016

                                                               

22/09/2016

No dejes que te obliguen a renunciar a tu empleo, si lo hacés, no podes reclamar nada de lo que tu empleador te pueda deber: indemnización por despido, por haber trabajado "en negro" , o no haber tenido registrado la totalidad del sueldo, horas extras adeudadas, diferencias por categorización errónea, vacaciones, aguinaldos adeudados, etc.!

21/09/2016

El trato que los superiores dispensan a sus empleados se convirtió en un factor clave dentro de las compañías. Sucede que, en caso de no ser el adecuado, se le podría ocasionar al dependiente un da…

21/09/2016

Fecha de Resolución: 26 de Abril de 2016. Emisor: SALA V. VLEX-637098761

20/09/2016
19/09/2016

El típico caso del despido luego del alta médica, es despido discriminatorio!!

No dejes que te obliguen a renunciar a tu empleo, si lo hacés, no podes reclamar nada de lo que tu empleador te pueda de...
15/09/2016

No dejes que te obliguen a renunciar a tu empleo, si lo hacés, no podes reclamar nada de lo que tu empleador te pueda deber: indemnización por despido, por haber trabajado "en negro" , o no haber tenido registrado la totalidad del sueldo, horas extras adeudadas, diferencias por categorización errónea, vacaciones, aguinaldos adeudados, etc.!

ACOSO LABORAL.
15/09/2016

ACOSO LABORAL.

Partes: Bruno Eduardo c/ Bosan S.A. s/ despido Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala/Juzgado: I Fecha: 5-jul-2016 Cita: MJ-JU-M-99677-AR | MJJ99677

12/09/2016

Compartimos excelente y esclarecedora nota del Dr. Padín, abogado laboralista, miembro de la CAL7J, publicada hoy en el diario Página 12.

Expresiones clasistas

Por Luis Federico Padín *
Una vez más el poder económico ha puesto su mirada voraz sobre los trabajadores. La oportunidad no puede ser más propicia. La muchachada de modales pulidos y universidad coqueta, que forjó su camino (y visión del mundo) en las grandes compañías que operan a escala planetaria, dirige hoy los destinos de la patria. La pobreza argumental con la que el primer mandatario ha encarado la temática, atribuyendo a los trabajadores una propensión al incumplimiento de deberes contractuales, y reclamando a la Justicia Nacional del Trabajo equilibrar decisiones que en su criterio afectan en demasía los intereses de los patrones, ha sido prolijamente encauzada por un editorial del diario La Nación del día 26 de julio de 2016, que dota de un marco teórico al anhelo de la máxima autoridad política del país.

En efecto, mientras las expresiones clasistas de Macri dejan al descubierto el preocupante desconocimiento presidencial de la matriz tuitiva que, por imperativo constitucional, informa al derecho laboral y guía la actuación de los tribunales especializados en la materia, el editorial de la tradicional tribuna de doctrina de los sectores dominantes, bien podría constituir las líneas directrices de un programa integral de precarización de las relaciones del trabajo.

Los argumentos, hoy como ayer, machacan sobre la responsabilidad que cabría a los trabajadores de la Argentina y a un plexo jurídico laboral tildado de excesivamente garantista, tanto en lo que atañe al desaliento de las inversiones por venir, como a la falta de estímulo para la creación de empleo. Sin embargo, el rotundo fracaso de las políticas alumbradas en la década del ‘90, y el inevitable contraste con las medidas económicas antagónicas, de corte heterodoxo, implementadas en el período 2003-2015, echan por tierra el discurso vetusto esgrimido como verdad rebelada por la actual administración: no existe correlato entre la creación de empleo y la ilegítima conculcación de los derechos de los trabajadores.

La estrategia patronal/gubernamental, en gestación, a más de perseguir el cercenamiento de los derechos laborales, en su faz individual y colectiva, centra su ataque en el terreno judicial, mediante la descalificación del accionar de la justicia del trabajo y los abogados de los trabajadores, embistiendo así contra el último recurso con que cuenta un dependiente que ha visto vulnerados sus derechos por un obrar empresarial ilícito.

En esta senda, y con el auxilio de referentes políticos que actúan como oposición edulcorada, satélite a los intereses del partido gobernante, se busca instalar en el imaginario social la falsa creencia de la existencia de una lucrativa actividad, denominada pomposamente industria del juicio, donde trabajadores, sindicatos, abogados laboralistas y magistrados del fuero obrero vendrían a conformar una cofradía destinada a defraudar empleadores, ocultando el hecho evidente que toda condena en los estrados judiciales tiene como antecedente un severo incumplimiento patronal, acreditado en el discurrir de la causa.

En esta coyuntura compleja, y ante el peligro cierto e inminente de una re-estructuración del modelo de relaciones laborales en perjuicio del sector asalariado, se presenta insoslayable que los distintos actores sociales con incidencia en el mundo del trabajo, delimiten un plan de acción coordinado, teniente a resistir el nuevo embate orquestado por los sectores concentrados del poder económico, que una vez más buscan la maximización de la tasa de ganancia a expensas del sacrificio de los sectores populares.

* Abogado de Trabajadores, miembro de la Corriente de Abogados Laboralistas 7 de Julio

12/09/2016

Miércoles 14/09

DENUNCIEN !!! No dejen pasar ninguna estafa, uno de los supermercados que habitualmente no tiene precios en los producto...
12/09/2016

DENUNCIEN !!! No dejen pasar ninguna estafa, uno de los supermercados que habitualmente no tiene precios en los productos o tiene precios erróneos es DIA %.

Todos los productos exhibidos para la compra deben tener precio en forma clara y visible. Si ves irregularidades, podés reportarlas llamando al 147 o vía web en http://bit.ly/HacéTuReporte.

09/09/2016

Al comprar un celular, leé el contrato y prestá atención a los plazos de permanencia en la compañía. Si surgiera un inconveniente, recordá que existe la Portabilidad Numérica y podés cambiar de empresa conservando tu número.

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